La nueva reforma del subsidio de desempleo, negociada por el Gobierno y los sindicatos, incluye varias modificaciones legales sobre las prestaciones concedidas por el SEPE. Una de las más novedosas es la que permitirá compatibilizar el empleo y la percepción de la prestación, como forma de complemento de apoyo al trabajo. Esta norma establece la posibilidad de que los trabajadores que perciban menos de 1.350 euros mensuales puedan compatibilizar el cobro del paro con su sueldo. Te informamos más:
Cobrar paro y sueldo a la vez
Esta iniciativa se denominará complemento de apoyo al empleo y permitirá compatibilizar la prestación contributiva por desempleo con un trabajo por cuenta ajena. Dicha medida se aplica tanto a jornada completa como parcial. El requisito es que el salario del trabajador no supere el 225% del IPREM. Esta situación se podrá prolongar durante un período máximo de 6 meses.
Este, en la actualidad, se sitúa en los 600 euros en 14 pagas. Por ello, para poder acceder a esta dualidad, el sueldo bruto mensual máximo sería de 1.350 euros. Dicha medida busca incentivar a los parados a que se incorporen al mercado laboral, mientras mantienen el paro y se aplicará desde el 1 de abril de 2025. Para optar a ella, se debe de tener en cuenta lo siguiente:
- El beneficiario debe haber agotado los 12 primeros meses de su prestación por desempleo (el máximo es de dos años).
- El máximo tiempo que se podrá compaginar es de 180 días (tres meses). La cuantía que se percibirá del IPREM será en función de si el trabajo es a jornada completa (80% del IPREM), o a jornada parcial (60% del IPREM).
¿Qué más medidas se aplican en la reforma?
El 21 de mayo el Consejo de Ministros aprobó el real decreto ley que reforma el subsidio por desempleo. La reforma, amplía los subsidios por desempleo a colectivos que carecían de esta cobertura. Estos, son:
- Los menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
- Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de la gestión y control de ambas ayudas. Asimismo, la nueva norma simplifica la regulación para ofrecer más flexibilidad en el acceso a las ayudas y reducir las cargas administrativas. Por ejemplo, se elimina el mes de espera para poder pedir el subsidio cuando se agota el paro y también modifica el requisito de insuficiencia de renta para facilitar su cumplimiento.
Además las renovaciones se realizarán trimestralmente para agilizar y rebajar la carga burocrática. También, el colectivo de parados de larga duración se incorporará de manera prioritaria a programas y acciones de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo para su reincorporación al mercado laboral. Si no quieres perderte ninguna noticia relacionada con el mercado laboral y la incorporación de nuevas medidas, no dejes de acceder a la sección de prestaciones.