El Gobierno proporciona una ayuda económica a los ciudadanos, que puede superar los 1.300 euros al mes, siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Se trata del Ingreso Mínimo Vital, una prestación que gestiona la Seguridad Social y que garantiza que las personas más vulnerables y sus familias, tengan acceso a una renta garantizada. Aunque el IMV se creó en el año 2020, en un contexto de pandemia, es una ayuda que ha venido para quedarse, con el fin de proporcionar un nivel básico de ingresos a los que más lo necesitan.
La ayuda vital se gestiona en la Seguridad Social y pueden pedirla beneficiarios individuales y unidades de convivencia
La Seguridad Social explica que el IMV es una ayuda dirigida tanto a beneficiarios individuales como a unidades de convivencia, es decir, un conjunto de personas que tengan el mismo lugar de residencia y que estén unidas por un vínculo familiar. En general, estos son los requisitos que se piden para tener derecho a la ayuda vital del Gobierno:
- Hay que tener residencia legal y efectiva dentro del territorio español. Además, de manera continuada durante el último año. Aunque hay excepciones, por ejemplo, en el caso de menores que se hayan incorporado a la unidad de convivencia.
- En caso de unidades de convivencia, estas deben llevar formada por un tiempo mínimo de 6 meses, antes de tramitar la solicitud.
- Hay que demostrar estar en situación de vulnerabilidad económica. Este punto debe acreditarlo el solicitante, teniendo en cuenta el patrimonio neto, nivel de ingresos y rentas, así como los activos no societarios que posea.
Nivel de renta garantizada que limita el acceso al IMV
En referencia al último punto, hay que tener en cuenta que solo pueden acceder al IMV aquellos ciudadanos que con su nivel de ingresos no alcancen el mínimo de renta garantizada. Este valor está establecido de la siguiente manera en 2024, a la espera de que se actualicen las cuantías para el año 2025, de manera oficial:
- Un beneficiario individual tiene una renta garantizada de 604,21 euros al mes, o lo que es lo mismo, 7.250,52 euros anuales.
- En caso de unidad de convivencia:
- La cantidad anterior se incrementa con un 30 % por cada miembro más. Por lo tanto, 181,26 euros al mes.
- Para familias de 5 o más miembros, la cantidad no pueden aumentar más del 220 % de la renta individual. En este caso, la renta máxima garantizada está en 1.329,27 euros (15.951,24 euros al año).
Complementos que incrementan las cuantías
Por otra parte, también existen otros complementos que acompañan al Ingreso Mínimo Vital. Por ejemplo, se suma un 22% más de la renta garantizada individual en el caso de las unidades de convivencia monoparentales y si hay algún miembro de la unidad familiar con un grado reconocido igual o superior al 65 %. A esto hay que añadir que, también, hay un Complemento de Ayuda para la Infancia por cada menor que integre la unidad de convivencia, en concreto:
- Por cada menor de 3 años: 115 euros más al mes.
- De entre 3 y 6 años: la ayuda será de 80,50 euros más al mes.
- Entre 6 y 18 años, el complemento pasará a ser de 57,50 euros.
Cómo se pide el Ingreso Mínimo Vital
En conclusión, la ayuda vital del Gobierno, es decir, el importe del IMV es el resultado de restar la renta garantizada mínima que fija la ley, con otro tipo de ingresos, si los hubiera, que tenga el beneficiario. Por lo tanto, si es ese tu caso, tienes varias vías para solicitar el Ingreso Mínimo Vital:
- Accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, mediante certificado electrónico o sistema Cl@ve.
- Si no se tiene ninguno de dichos sistemas de identificación, también se puede pedir a través de este formulario online.
- También se puede hacer la tramitación presencialmente en las oficinas de un CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social).
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