El Ingreso Mínimo Vital llega ya más de 2,4 millones de personas en España, según la revista de la Seguridad Social. Muchas se preguntan qué deben cumplir para llegar a la cuantía máxima.
La Seguridad Social solo reconoce el Ingreso Mínimo Vital cuando entiende que existe vulnerabilidad económica. En beneficiarios individuales, se considera que no la hay si el patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, es igual o superior a tres veces la renta garantizada de una persona sola. En 2025, ese límite se sitúa en 23.717,16 euros anuales. Si se supera esa cifra, no habría derecho a la prestación. Por eso conviene tener claros los bienes y ahorros de la unidad de convivencia antes de avanzar con los trámites.
Requisitos generales para cobrar el Ingreso Mínimo Vital con derecho a cuantía máxima
El Ingreso Mínimo Vital, en marcha desde junio de 2020 con el Gobierno de Pedro Sánchez, es una prestación no contributiva que gestiona la Seguridad Social para apoyar a los hogares con menos recursos. Pueden solicitarla personas que viven solas o integradas en una unidad de convivencia. Ahora bien, ¿qué condiciones generales se exigen antes de hablar de importes? A grandes rasgos, los requisitos generales son los siguientes:
- Residir legalmente en España durante el último año.
- Unidad de convivencia formada, al menos, desde hace seis meses.
- Beneficiarios individuales: tener como mínimo 23 años.
- Mujeres mayores de edad o menores emancipadas, víctimas de violencia de género.
- Jóvenes de 18 a 22 años procedentes de centros de protección de menores.
- Acreditar situación de vulnerabilidad económica de la unidad de convivencia.
Unidades de convivencia que pueden acceder a la cuantía básica más alta del IMV
Las cuantías del Ingreso Mínimo Vital se calculan a partir de la renta garantizada, que busca cubrir las necesidades básicas y favorecer la integración social. El importe varía según el número de miembros y la estructura familiar. Para cobrar la cuantía básica máxima de 1.449,39 euros al mes, es decir, 17.392,68 euros al año, solo se aceptan determinados tipos de hogares. Estas son las combinaciones que permiten llegar a esa cifra de IMV:
| Tipo de unidad de convivencia | Cuantía básica mensual IMV | Cuantía básica anual IMV |
|---|---|---|
| 4 adultos y 1 menor | 1.449,39 € | 17.392,68 € |
| 3 adultos con más de 2 menores a cargo | 1.449,39 € | 17.392,68 € |
| 2 adultos con más de 2 menores a cargo | 1.449,39 € | 17.392,68 € |
| 1 adulto y más de 3 menores | 1.449,39 € | 17.392,68 € |
¿Tu hogar encaja en alguno de estos supuestos? Si es así, la cuantía básica máxima del IMV puede convertirse en un empujón importante para el presupuesto mensual.
Familias monoparentales y con discapacidad que logran la cuantía más elevada del Ingreso Mínimo Vital
Algunos hogares, como las familias monoparentales o aquellas en las que un progenitor, guardador o acogedor tiene reconocida la dependencia en grado 3, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez, pueden acceder a una cuantía superior a la básica.
En estas situaciones, la renta garantizada aumenta y, con ella, la nómina del IMV. La cuantía máxima posible es de 1.594,33 euros al mes para un adulto y cuatro o más menores, lo que supone 19.131,96 euros al año. No está nada mal como colchón económico extra, ¿verdad? Antes de pedir la prestación, merece la pena repasar los requisitos, la composición de la unidad de convivencia y el patrimonio, para saber con qué cuantías se puede contar desde el primer momento.
Por último, si quieres seguir al día las novedades sobre el Ingreso Mínimo Vital, pensiones u otras prestaciones, puedes consultar el periódico digital de la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se ofrece información práctica sobre estas ayudas.