El bono social térmico es una ayuda económica directa. Su intención es compensar los gastos térmicos que las personas más vulnerables destinan a actividades que requieren energía calorífica como calefacción, agua caliente o cocina. Cada persona beneficiaria recibirá una carta en la que se le informará de la ayuda económica que le corresponde, los pasos a seguir y los plazos para su realización. Si quieres saber todo sobre el bono social térmico de 2025, sigue leyendo este artículo.
Bono social térmico: acceso para 2025
En primer lugar, cabe destacar las diferencias entre el bono social térmico y el bono social eléctrico. El bono social eléctrico implica un descuento en la factura de la luz. Mientras, el bono social térmico es una ayuda económica directa complementaria al Bono Social Eléctrico. Te informamos lo que debes saber:
¿Cómo se tramita?
Una vez que el beneficiario haya recibido la carta, este bono se tramita mediante vía telemática. Para ello, tienes que acceder al Sistema de Gestión del Bono Social Térmico. Esto es lo que debes de tener en cuenta:
- Si eres beneficiario/a, debes entrar en el formulario “tramitación” con su DNI/NIE y el PIN de autenticación que has recibido por carta.
- Una vez que te encuentres en el sistema, podrás ratificar y/o modificar. En el caso de que no cuentes con número de cuenta, podrás introducir uno nuevo, siempre que sea el titular de esta.
- Si quieres autorizar a otra persona para recibir la transferencia en su nombre tendrás que cumplimentar el escrito que se encuentra en la web y remitirlo, junto a la copia del NIF/NIE de la persona que autoriza y del titular de la cuenta bancaria, a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, apartado de correos 1046-41080 Sevilla, indicando en el asunto “Bono Social Térmico”. Para consultas puede enviar un correo electrónico a la dirección bonosocialtermico.assda@juntadeandalucia.es.
- En el caso de que desees renunciar a la ayuda, deberás descargarte un formulario que se encuentra en el Sistema y remitirlo por correo postal al apartado de correo 1046-41080 Sevilla o a través de registro electrónico de la Junta de Andalucía, dirigido a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
Por otro lado, se puede tramitar el bono social térmico llamando al teléfono gratuito 900 101 220, de 09:00 a 14:00 h de lunes a viernes. También, escaneando un código QR en la web de la Junta de Andalucía.
¿Quiénes pueden beneficiarse y cuál es el importe de las ayudas?
Podrán ser beneficiarios/as del bono social térmico proporcionado por la Junta de Andalucía las personas en situación de vulnerabilidad a las que se les haya concedido el Bono Social Térmico el 31 de diciembre del año anterior. Respecto al importe, este depende del nivel de vulnerabilidad en el que se encuentre la persona, además de la zona climática en la que esté su residencia actual.
Si no quieres perderte ninguna información relacionada con ayudas o subvenciones que puedan beneficiarte y estar al tanto de todas ellas para este 2025, te invitamos a que consultes la sección de prestaciones.