Si eres miembro de una familia numerosa, sabrás que hay distintas ayudas que puedes solicitar. Su cuantía varía en función de los integrantes que haya. Asimismo, el título de familia numerosa permite beneficiarse de una serie de exenciones y bonificaciones en distintos servicios o actividades de la administración pública en materia de educación, transportes, vivienda, ocio y cultura. En el artículo de hoy, te vamos a explicar las distintas ayudas que puedes obtener si eres residente en la comunidad autónoma de Andalucía.
¿Qué tipo de ayudas para familias numerosas hay en Andalucía?
Se entiende por familia numerosa la que está integrada por uno o dos ascendientes, con tres o más hijos o hijas, sean o no comunes. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas económicas las familias cuyos ingresos se sitúen por debajo de los máximos establecidos y se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Familias andaluzas que al nacer su tercer hijo o hija tengan otro o más hijos o hijas menores de tres años. En este caso, la cuantía de la ayuda será de 600 euros al año por cada uno de los otros hijos/as menores de tres años y hasta que cumplan esa edad.
- Partos múltiples. Se abonará en un pago único anual, durante los tres años posteriores al nacimiento o a la constitución de la adopción o acogimiento familiar permanente o preadoptivo, con 1.200 euros en el caso de parto de dos hijos, 2.400 euros en parto de tres hijos, 3.600 euros si es de cuatro hijos y 4.800 euros para los partos de cinco o más hijos.
¿Cómo puedes hacer la solicitud para ayudas a familiar numerosas? Documentos necesarios
Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un año desde que tenga lugar el nacimiento, la adopción o el acogimiento familiar permanente o preadoptivo. Asimismo, estas prestaciones serán aplicables a las familias cuyos miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Serán sus beneficiarios los tutores lugares de los menores y/o los titulares de la patria potestad o de un acogimiento permanente o preadoptivo.
Puedes iniciar su solicitud tanto de forma física como online. Si quieres hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. La documentación que se te requerirá es la siguiente:
- Declaración I.R.P.F. del último ejercicio fiscal de todos los miembros de la unidad familiar.
- DNI o Consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad y/o empadronamiento a través del sistema de verificación de identidad.
- Documentación que acredite que el solicitante es el que tiene la custodia de los menores como titulares de la patria potestad o de un acogimiento permanente o preadoptivo.
- Libro de familia.
- Artículos 8 y 9 de la Orden 6 de mayo de 2002 de la Consejería de Asuntos Sociales.
Si actualmente estás a cargo de una familia numerosa, ya sabes cuáles son las ayudas de la Junta de Andalucía a las que puedes optar. Te recordamos que en este periódico digital publicamos noticias relacionadas con prestaciones y subvenciones públicas.