Así puedes cobrar la ayuda de 7.905 euros de la Seguridad Social: para mayores de 65 y personas con discapacidad

Una ayuda estatal que garantiza hasta casi 8.000 euros anuales a jubilados sin cotización suficiente y personas con discapacidad que carecen de recursos

Si has cumplido 65 años y tus ingresos apenas llegan a fin de mes, existe una solución: la pensión no contributiva de jubilación. Se trata de una prestación de la Seguridad Social que asegura 7.905,80 € al año a quienes no han podido cotizar lo necesario para una pensión contributiva. También la pueden solicitar las personas con invalidez en idéntica cuantía.

Requisitos de la pensión no contributiva para mayores de 65 años con pocos ingresos

Para beneficiarte de esta ayuda debes cumplir dos grandes bloques de condiciones: económicas y de residencia. Primero, tus rentas anuales deben ser inferiores a 7.905,80 €. Si vives con familiares, se analiza la suma de ingresos de todos. ¿Quieres saber los topes de tu unidad de convivencia? Revísalos a continuación:

  • 13.439,86 € si convivís dos personas.
  • 18.973,92 € si convivís tres.
  • 24.507,98 € si convivís cuatro.
  • Cuando hay padres o hijos del solicitante: 33.599,65 € (dos convivientes), 47.434,80 € (tres) o 61.269,95 € (cuatro).

Como ves, los límites se amplían cuando la familia directa comparte domicilio, algo pensado para proteger a hogares multigeneracionales muy frecuentes en España. Además, debes haber residido legalmente en el país durante 10 años entre los 16 años y la fecha de solicitud, de los que dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores al trámite. ¿Cumples todo? Entonces sigue leyendo, porque cobrar esta pensión es más fácil de lo que parece.

Documentación necesaria y dónde presentar la solicitud de esta ayuda económica de la Seguridad Social

Reúne primero tu DNI o NIE, certificado de empadronamiento, justificantes de ingresos y, si corresponde, la tarjeta de discapacidad. Con esos papeles listos podrás presentar la solicitud por cualquiera de estas vías:

Punto de atenciónForma de presentación
Oficinas de servicios sociales autonómicosPresencial completando el formulario oficial
Oficinas del Imserso (Ceuta y Melilla)Presencial o a través de su registro electrónico
Ayuntamientos y consulados españolesPresencial, útil si resides en el extranjero
Oficinas de CorreosCorreo administrativo dirigido al órgano gestor
Sede electrónica de tu comunidad autónomaOnline con certificado digital o Cl@ve permanente

Elige la opción que te resulte más cómoda. ¿Prefieres Internet? Con tu certificado digital podrás subir toda la documentación sin moverte de casa. Para evitar retrasos, comprueba que ningún campo quede vacío y adjunta los archivos legibles.

Cuantía anual, revisión y obligaciones que implica cobrar la pensión no contributiva en 2025

La prestación asciende a 7.905,80 € anuales en 2025, aunque puede reducirse hasta el 25 % (1.976 €) si el beneficiario dispone de rentas propias. El ingreso se realiza en 14 pagas: 12 mensuales y dos extraordinarias en junio y noviembre. ¡Una ayuda que marca la diferencia cuando el presupuesto es ajustado!

Pero, atención: cada año, durante el primer trimestre, tendrás que presentar una declaración de ingresos. Cualquier cambio en tu situación personal (domicilio, estado civil, nuevas convivencias o variación de ingresos) debe comunicarse en un plazo de 30 días. De lo contrario, podrías ver suspendido el pago o incluso tener que devolver cantidades.

Esta pensión se financia con fondos del Estado y la gestionan las comunidades autónomas, salvo en Ceuta y Melilla, donde lo hace directamente el Imserso. Además del dinero, podrás acceder a servicios sociales complementarios pensados para las personas con menos recursos.

¿A qué esperas para comprobar si cumples los requisitos y solicitar la pensión no contributiva? Ojo, que los trámites son sencillos y la ayuda puede aliviar tus cuentas a final de mes. Si aún te quedan dudas, acércate a tu centro de servicios sociales y pregunta: mereces una jubilación digna. Conoce las últimas noticias sobre pensiones y jubilación en la sección de prestaciones de nuestro periódico digital.

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