La jubilación activa permite compatibilizar la percepción de pensión y la realización de un trabajo por cuenta ajena o propia. Su objetivo es favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad, es decir, el llamado envejecimiento activo. Recientemente ha sido convalidado el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. Este, ha introducido ciertos cambios. Te explicamos cuáles serán.
¿Qué cambios se aplicarán en la jubilación activa en 2025?
Cabe mencionar que el acceso a la jubilación activa es posible tanto para trabajadores por cuenta propia como trabajadores por cuenta ajena. Ahora, la reciente Reforma ha eliminado el requisito de que para poder acceder a la jubilación activa el porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora haya de alcanzar el 100%. Otros datos a tener en cuenta son los siguientes:
- El trabajo compatible con la pensión podrá realizarse por cuenta ajena a tiempo completo o a tiempo parcial, o bien por cuenta propia.
- Se hace compatible el acceso y la situación de jubilación activa con la percepción del complemento por demora de la edad legal de jubilación, en todas las modalidades (porcentaje adicional, capital único y mixto), que hasta ahora eran incompatibles. No obstante, mientras la persona se mantenga en situación de jubilación activa no se generará incremento alguno del complemento.
- El beneficiario en situación de jubilación activa tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos.
Los supuestos de desempeño de un puesto de trabajo o alto cargo en el sector público continúan siendo incompatibles con la percepción de la pensión de jubilación, no siendo posible en este caso acceder a la jubilación activa.
¿Cómo se calcula el importe de la pensión en situación de jubilación activa?
La cuantía de pensión de jubilación activa, se calcula aplicando un porcentaje sobre el importe resultante del reconocimiento inicial de pensión. En primer lugar, se comprueba si hay que aplicar el límite máximo de la pensión pública. A continuación se toma como base la prestación que se cobra al trabajar y recibir la pensión simultáneamente. En esta cantidad se incluye el complemento de maternidad o el de la brecha de género cuando se perciba, y se excluye el complemento por mínimos.
Asimismo, la Reforma ha introducido nuevos criterios para el cálculo de la pensión de jubilación activa, modificando los que se aplicarán hasta abril de 2025. El nuevo porcentaje de la pensión de jubilación activa, se calculará en función del número de años que se haya demorado el acceso a dicha pensión de acuerdo con la siguiente escala:
- Con 1 año de demora, se cobrará un 45% de pensión.
- Con 2 años de demora, se percibirá un 55%.
- A los 3 años de demora darán derecho a percibir un 65% de la pensión inicial total reconocida (antes de acogerse a la jubilación activa).
- Con 4 años de demora darán derecho a un 80% de pensión.
- A partir del 5º año de demora, se tendrá derecho a percibir el 100% de pensión.
Principales modificaciones
El porcentaje resultante de la escala anterior se incrementará 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos que permanezca en la situación de jubilación activa, con el máximo del 100% de la pensión. Este incremento comenzará a percibirse el día primero del mes siguiente a aquel en que se haya cumplido dicho periodo de 12 meses.
Hasta abril de 2025, la cuantía de la pensión de jubilación activa se calculaba aplicando el porcentaje de 50% al importe resultante en el reconocimiento inicial. Para no perderte ninguna noticia relacionada, haz clic en la sección de prestaciones.