Cada año nos encontramos más casos de divorcio en España, lo que suele acarrear disputas económicas y legales entre los cónyuges. Cuando se llega a este punto, solemos pensar en pensiones alimenticias (si se diese el caso), la custodia de los hijos y el reparto de bienes, ya sean inmuebles o monetarios. Sin embargo, hay otra desavenencia más en la que no se suele reparar, quien se encarga del cuidado y mantenimiento de las mascotas.
¿Qué tipo de pensión existe para tu mascota?
Como hemos introducido al inicio de este artículo, y aunque no sea conocido para la gran mayoría, existe un tipo de manutención para las mascotas. Esta aparece reflejada en la última reforma del Código Civil, en relación al régimen jurídico de los animales, según recoge la disposición publicada en el Boletín Oficial del estado (BOE).
Gastos que tendrán que abordar los ex-cónyuges
Al igual que de si un hijo se tratase, esta Ley declara el derecho a percibir una cuantía económica para sufragar los gastos de los animales de compañía en cuestión, no solo perros y gatos (lo habitual), si no cualquier tipo de mascota:
- Gastos de veterinario.
- Cualquier tipo de medicina necesaria.
- Alimentación.
- Cuidados diarios.
- En general, gastos ordinarios para garantizar su bienestar.
Además de regular la custodia o las visitas concertadas en caso de que así lo estipule una decisión judicial. Gracias a la actual legislación, ya existe un nuevo convenio regulador al que habrá que adherirse.
Sentencia judicial que corroboran la exigencia de esta pensión
Ya existen precedentes que determinan el pago de una pensión de una mascota, así como su custodia en caso de divorcio. Así lo ha determinado una reciente sentencia del Juzgado Número 15 de Primera Instancia de Vigo. En esta resolución judicial, que ha sido ratificada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, un hombre ha sido obligado a pagar la cuantía de 40 euros mensuales para atender las necesidades del perro que tenía en común con su pareja. Esto ha creado precedente, por lo que cualquier persona que se encuentre en similar situación, podrá solicitar mismas prestaciones.
El texto de la sentencia, también remarca que dicha cantidad monetaria será actualizable anualmente con arreglo al IPC correspondiente. Dicha actuación ha sido ratificada a final del año 2023, como respuesta al recurso interpuesto por la mujer en cuestión.
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