Los pagos fraccionados de Hacienda están generando confusión en muchos mutualistas

Los pensionistas que cotizaron a mutualidades entre 1967 y 1978 pueden recuperar parte del dinero pagado de más.

Hacienda mantuvo el compromiso de abonar a los mutualistas lo pendiente antes del 30 de diciembre de 2025, pero algunos expedientes se están pagando de forma progresiva y eso está generando confusión entre los afectados. El inconveniente: hay devoluciones que no llegan de una sola vez, generando algunos líos entre los afectados por las mutualidades. También, hay que tener en cuenta que el 2 de febrero prescribió el plazo de las devoluciones de IRPF correspondientes al ejercicio 2020.

¿Qué está pasando con la devolución del IRPF a los mutualistas y por qué se fracciona?

La Agencia Tributaria ha realizado abonos durante 2025, con importes que en algunos casos han podido alcanzar los 4.000 euros. Sin embargo, cuando la devolución se tramita en expedientes distintos, el ingreso puede dividirse y llegar en varios pagos.

Los abonos comenzaron en agosto y el aviso suele llegar por SMS o por correo electrónico. Por eso conviene revisar las notificaciones: a veces entra un importe y no se identifica como parte de la devolución. ¿Has recibido ya un ingreso, pero te falta una parte? No siempre es un fallo: puede tratarse de un fraccionamiento por la complejidad del expediente. Para orientarse, suele ayudar:

  • Comprobar si hay varios expedientes para distintos ejercicios.
  • Revisar los avisos recibidos y la fecha exacta del abono.
  • Contrastar si el importe coincide solo con una parte de lo solicitado.

Si después de estas comprobaciones sigue habiendo dudas, lo más habitual es que el resto se ingrese más adelante, a medida que se vayan cerrando los trámites.

Quiénes pueden pedir la devolución del IRPF por cotizar a mutualidades laborales

No todos los jubilados encajan en este supuesto. Los beneficiarios de la devolución del IRPF a los mutualistas se reparten, según cada caso, en varios perfiles. Además, ojo con esto: también pueden reclamar los herederos cuando el mutualista ha fallecido. Principales colectivos:

Colectivo que puede reclamarCondición principal
Pensionistas de la Seguridad Social y del Instituto Social de la MarinaAportaciones a mutualidades laborales entre 1967 y 1978 y doble tributación
Herederos de mutualistasFallecimiento del beneficiario entre 2019 y 2024
Titulares de pensiones complementarias (INSS, MUGEJU, ISFAS o MUFACE)Aportaciones anteriores a 1979

En todos los supuestos, el periodo exacto reclamable depende del expediente y de la prescripción.

Plazos para solicitar el formulario electrónico y cómo comprobar el estado del pago

Los mutualistas afectados podían reclamar en Hacienda las devoluciones de los ejercicios: 2019, 2020, 2021 y 2022, ya que el resto habría prescrito. El formulario electrónico permite pedir de una sola vez 2020, 2021 y 2022, y si la solicitud ya se registró, no hace falta repetirla. Si aún no se ha presentado, estos plazos son esenciales:

  • Con efectos sobre 2020, 2021 y 2022, el plazo finalizó el 2 de febrero de 2026.
  • Hasta el 2 de febrero de 2027 se podrá solicitar con efectos sobre 2021 y 2022.
  • Hasta el 2 de febrero de 2028 se podrá solicitar con efectos sobre 2022.

Sigue el proceso revisando las notificaciones recibidas por SMS o email. Mientras tanto, tranquilidad: si solo se ha cobrado una parte, puede que la liquidación llegue en varios ingresos. Además, te aconsejamos estar informado de otros asuntos relacionados con trámites en Hacienda, visitando nuestra plataforma web de noticias de Andalucía.

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