Los autónomos mantendrán el régimen de módulos en 2026 tras la prórroga publicada en el BOE

El BOE recoge la prórroga del Real Decreto-ley 16/2025 y evita que muchos negocios salten a estimación directa. La clave está en lo facturado en 2025 y en un plazo que termina el 31 de enero de 2026.

El Real Decreto-ley 16/2025, que modifica la Ley del IVA y la del IRPF, prorroga un año más los límites del régimen de estimación objetiva (módulos). En la práctica, se mantiene una tributación más sencilla para quien no rebase los topes fijados.

Durante todo 2026 se conservan los umbrales que determinan si puedes seguir en módulos. Esto evita aplicar límites más bajos y estrictos. Y atención a este detalle: para estar en módulos en 2026 se miran los ingresos de 2025, al ser el año inmediato anterior. Si superas cualquiera de los topes, la salida al año siguiente es automática.

El calendario también manda: el plazo para renunciar a módulos o revocar una renuncia anterior finaliza el 31 de enero de 2026. ¿Te compensa mantenerte donde estás o prefieres pasar a estimación directa para tributar por beneficio real? Enero, por tanto, es el mes para comparar números con los datos de 2025 ya cerrados y evitar decisiones a ciegas.

Los topes de 250.000 y 125.000 euros que debes revisar antes de decidir

La norma distingue entre el volumen total de ingresos y la facturación a otros empresarios o profesionales. Y aquí llega el aviso: puedes no superar el límite general y, aun así, quedar fuera por el sublímite de facturas a empresas. ¿Trabajas sobre todo para empresas y te piden factura formal? Entonces este punto es el que más te interesa. Antes de ir a la tabla, estas son las reglas básicas que hay que comprobar, tal y como señala el Real Decreto publicado en el BOE el pasado 23 de diciembre:

  • Volumen total de ingresos: hasta 250.000 euros anuales. Si se supera (por ejemplo, 250.001), al año siguiente toca estimación directa.
  • Facturación a empresas o profesionales: hasta 125.000 euros anuales cuando tu cliente actúa como empresario o profesional; superar este sublímite te expulsa aunque tu total sea menor.
  • Volumen de compras: hasta 250.000 euros anuales con la prórroga vigente.

Con estos números, la prórroga mantiene las reglas de juego para planificar 2026 con menos sobresaltos.

La letra pequeña del BOE sobre actividades vinculadas y subvenciones excluidas

Para calcular estas magnitudes, el Boletín Oficial del Estado indica que pueden sumarse operaciones del autónomo y también las del cónyuge, descendientes y ascendientes, además de entidades en atribución de rentas en las que se participe, si las actividades son idénticas o similares y hay una dirección común.

Además, se recuerda que las subvenciones corrientes o de capital no computan para calcular el volumen de ingresos, un matiz que conviene tener presente. Permanece atento a más noticias relacionadas en nuestra sección de trámites.

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