La Beca Adriano 2025-2026 abre plazo en Andalucía y permite recibir hasta 1.700 euros por estudiante

La convocatoria de la Beca Adriano ya tiene fechas y está pensada para ayudar a seguir estudiando en enseñanzas presenciales en centros no universitarios de Andalucía. Si cumples los requisitos, puedes presentarla por internet o en registro dentro del plazo marcado.

La Junta de Andalucía ha activado una nueva convocatoria de la Beca Adriano, una ayuda dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que cursa determinadas enseñanzas oficiales en modalidad presencial. Y atención al calendario, porque el plazo está fijado con fechas concretas para presentar la solicitud.

Quién puede pedir la Beca Adriano 2025-2026 y en qué estudios se aplica

Esta beca se orienta a estudiantes que estén matriculados en centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que cursen enseñanzas oficiales de forma presencial.

Para que no haya dudas, la convocatoria incluye estas enseñanzas (y sí, conviene revisarlo con calma antes de lanzarse a solicitarla):

  • Bachillerato.
  • Segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, además de segundo curso de enseñanzas profesionales de Música y Danza, Artes Plásticas y Diseño y enseñanzas deportivas.
  • Grado Superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y enseñanzas deportivas.
  • Enseñanzas Artísticas Superiores.

En cambio, queda fuera el alumnado que curse estudios en la modalidad de educación de personas adultas. ¿Estás en presencial y en una de estas enseñanzas? Entonces, merece la pena seguir leyendo.

Plazo de solicitud de la Beca Adriano en Andalucía: del 6 de diciembre al 5 de enero

La convocatoria fija un mes para presentar solicitudes, y el calendario ya viene cerrado. Además, para el cómputo del plazo se tienen en cuenta los días inhábiles dentro del ámbito de Andalucía. A continuación, tienes los datos clave, de un vistazo, para no despistarte (porque ya sabemos lo que pasa cuando lo dejamos “para mañana”):

Dato claveInformación de la convocatoria
Inicio del plazo06/12/2025 a las 00:00 horas
Fin del plazo05/01/2026 a las 23:59 horas
Plazo máximo de resolución3 meses desde la presentación
Silencio administrativoNegativo
Vía administrativaLa resolución agota la vía administrativa

Una recomendación práctica: si vas a presentarla en los últimos días, revisa antes si necesitas ayuda presencial para el trámite, porque las citas y los horarios pueden jugar en tu contra.

Cómo presentar la solicitud de la Beca Adriano por internet o de forma presencial

La relación con la Administración puede hacerse de manera presencial o electrónica, y aquí está la parte importante: si eres persona física, puedes elegir la vía que mejor te encaje.

Si optas por la presentación presencial, se permite registrarla en oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en oficinas de correos. En el caso de acudir a una oficina de la Junta de Andalucía, se recomienda solicitar cita previa.

Si prefieres hacerlo online, la presentación electrónica se realiza a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos. Y si no dispones de medios electrónicos, existe la opción de recibir asistencia para tramitarla en una oficina de asistencia en materia de registros (también con recomendación de cita previa).

Ahora bien, si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, la solicitud debe presentarse por vía electrónica. En caso de que se haga de forma presencial, el órgano de tramitación puede requerir la subsanación mediante presentación electrónica, con los efectos previstos en la normativa aplicable.

Requisitos académicos y de renta para optar a la Beca Adriano sin sorpresas

Los requisitos y condiciones se apoyan en lo previsto en la Orden de 29 de enero de 2014 y en lo establecido en la Resolución de 21 de enero de 2025. En aplicación a dicha normativa, la cuantía de la Beca Adriano a conceder a cada persona beneficiaria queda fijada en 1.700 euros para el curso escolar 2025/2026.

En términos generales, la convocatoria se dirige a quienes cumplen las condiciones para ser beneficiarios de la beca de cuantía fija ligada a la renta en la normativa de becas generales para estudios postobligatorios no universitarios, con particularidades en lo relativo a la nota media y a la carga lectiva superada.

Además, se exige una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que pueda fijarse por encima de 5 en la normativa estatal para estas becas.

También se recogen cambios que afectan de forma directa a la práctica del requisito académico. En resumen: el alumnado de primer curso de cualquier enseñanza queda excluido del ámbito de esta convocatoria. Para cursos organizados por asignaturas, se contempla la posibilidad de tener hasta dos asignaturas no superadas del curso anterior. Y en enseñanzas organizadas por módulos o por créditos, se exige haber superado en el curso anterior un volumen equivalente al 80% o más, y menos del 85%, de las horas o créditos totales en los que se hubiera estado matriculado.

¿Te suena que esto te encaja, pero no lo tienes claro del todo? Entonces lo mejor es revisar tu situación académica antes de presentar la solicitud, para evitar un “no” por un detalle.

Documentación que pueden pedirte y qué pasa si falta algún dato

Como regla general, no será necesario acompañar documentos a la solicitud. Aun así, la convocatoria detalla supuestos en los que sí puede ser imprescindible aportar información.

Por ejemplo, si en la solicitud figura algún miembro de la unidad familiar sin datos económicos disponibles en Administraciones Tributarias, la persona solicitante deberá aportar documentación que acredite ingresos, pudiendo presentarse de forma excepcional una declaración responsable. También se prevén requerimientos si faltan datos necesarios para resolver, o si existen dificultades técnicas que impidan la cesión de información.

Si se alega emancipación o independencia familiar y económica, habrá que acreditar medios económicos propios suficientes y la titularidad del contrato de arrendamiento o el título que habilite el uso de la vivienda habitual. Y atención: si no se aporta la documentación requerida cuando corresponda, se puede considerar que la persona solicitante desiste y se archivará el procedimiento tras la resolución correspondiente.

Cuándo se resuelve la beca, silencio negativo y fin de la vía administrativa

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud. Si transcurre ese tiempo sin respuesta, el silencio administrativo es negativo. Además, la resolución agota la vía administrativa, un detalle relevante si más adelante necesitas saber qué opciones existen tras el resultado.

Síguenos para conocer más noticias relacionadas con becas en la sección de formación de nuestro periódico digital de Andalucía.

Deja un comentario