Aunque la deuda no se cancela, existen fórmulas legales para negociar pagos, suspender cuotas y evitar recargos con la Seguridad Social.
Una deuda con la Seguridad Social suele venir de cuotas impagadas o recargos. ¿Te ha llegado un aviso y no sabes por dónde empezar? Actuar rápido ayuda a frenar el aumento de la deuda y a abrir una vía de salida. De hecho, hay casos recientes que muestran cómo el asesoramiento especializado marca la diferencia, como es el caso de Los Morancos y su despacho de cancelación de deudas.
Pero atento a un punto clave: la Ley de la Segunda Oportunidad no contempla, por norma general, la cancelación de estas deudas. Sin embargo, sí hay alternativas para ponerse al día con los pagos que haya pendientes.
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Qué hacer en cuanto detectes la deuda y por qué conviene actuar rápido
Antes de decidir, confirma el detalle: importe, periodo y motivo. Con esa información, podrás valorar tu capacidad real de pago y plantear una solución viable. Estos pasos suelen ser suficientes para ordenar la situación:
- Revisa cantidades y fechas para evitar errores.
- Calcula un pago mensual asumible, sin prometer de más.
- Contacta con la Seguridad Social para conocer opciones de regularización.
A partir de aquí, toca escoger la fórmula que mejor encaje con tus ingresos.
Plan de pagos negociado con la Seguridad Social para fraccionar lo adeudado
La vía más frecuente es negociar un plan de pagos: un calendario para abonar la deuda en cuotas mensuales. Este acuerdo está sujeto a aprobación y exige cumplir los plazos con disciplina, porque un retraso puede complicarlo todo. Para orientarte, estas son las alternativas que más se manejan en la práctica:
| Alternativa | Cuándo se suele valorar | Qué supone |
|---|---|---|
| Plan de pagos negociado | Si tienes ingresos, aunque sean justos | Pagar a plazos con un calendario acordado |
| Dación en pago | Casos muy excepcionales | Entregar un bien, si se acepta como equivalente |
| Suspensión temporal | Dificultad grave (desempleo prolongado o incapacidad) | Pausar el pago durante un tiempo |
Después de comparar, quédate con una idea sencilla: no hay una única salida, pero sí una opción más razonable según tu caso.
Dación en pago o suspensión temporal: cuándo se plantean y por qué son excepcionales
La dación en pago es poco común. Depende de que la Seguridad Social acepte esa fórmula y de que el bien entregado tenga un valor equivalente a la deuda.
La suspensión, por su parte, se plantea en situaciones duras, como un desempleo prolongado o una incapacidad laboral. Sirve para ganar tiempo mientras mejora la economía, no para borrar la obligación.
Asesoramiento profesional y hábitos para que la deuda no vuelva
Cuando el importe es alto, hay varios periodos acumulados o no tienes claro qué vía te conviene, un abogado especializado en derecho laboral y Seguridad Social puede ayudarte a evaluar opciones y evitar pasos en falso. ¿Merece la pena? A menudo, sí, si una mala decisión puede salir cara. Y para evitar que la deuda reaparezca, lo básico funciona: estar al día con cotizaciones y pagos, revisar recibos y no dejar que un retraso pequeño se convierta en un problema mayor.
En resumen, aunque la Segunda Oportunidad no suele cancelar estas deudas, existen alternativas: negociar un plan de pagos, explorar vías excepcionales y pedir asesoramiento si el caso se complica. Para más noticias relacionadas con trámites, visita nuestra plataforma web de información.

