La campaña de Renta y Patrimonio del ejercicio 2025 comienza el 8 de abril y trae un cambio esencial: el umbral del segundo pagador sube a 2.500 euros.
Si en 2025 cobraste de dos empresas, conviene revisar el borrador con calma para saber si estás obligado a declarar y evitar sorpresas de última hora. El Ministerio de Hacienda ha fijado el 8 de abril como inicio de la campaña de Renta y Patrimonio correspondiente a 2025, con casi tres meses para presentar la declaración, tal y como detalla el calendario oficial fiscal de 2026.
En este contexto, el asesor fiscal sevillano Alonso Gómez (@gomezantolinasesores) recomienda comprobar el borrador incluso cuando parece que no hay obligación. Su mensaje es directo: “Puedes estar perdiendo dinero y Hacienda no te va a avisar”.
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Límites con dos pagadores y el requisito del resto por encima de 2.500 euros
Entre los trabajadores por cuenta ajena, el mínimo exento de tributación por IRPF es de 22.000 euros brutos con un solo pagador. Cuando hay dos o más pagadores, la obligación puede aparecer desde 15.876 euros de rentas del trabajo, siempre que se cumpla esta condición: “El cómputo del resto de pagadores diferentes del principal debe ser superior a 2.500 euros”. Frente al año pasado, el tope sube desde 1.500 euros. Resumen rápido de los umbrales:
| Situación en 2025 | Límite | Condición |
|---|---|---|
| Un pagador | 22.000 € | — |
| Dos o más pagadores | 15.876 € | Resto de pagadores > 2.500 € |
Por tanto, no es solo lo que cobraste, sino cuánto procede del segundo (y siguientes) pagadores. ¿Y si no estás obligado, te compensa presentarla? Revisar el borrador te puede dar la respuesta.
Cómo comprobar el borrador y qué certificados de retenciones pedir a las empresas
¿Has cambiado de trabajo o has encadenado contratos? Entonces, mejor no ir a ciegas. Si has estado en nómina para diferentes pagadores a lo largo de 2025, los certificados de retenciones que deben facilitar las empresas sirven para confirmar si los datos del borrador son correctos. Para organizarte sin complicarte, puedes seguir esta guía:
- Junta los certificados de retenciones de todos los pagadores de 2025.
- Revisa que el borrador incluya cada pagador y sus importes.
- Comprueba si el resto de pagadores supera 2.500 euros.
Y sí, suena básico, pero más de uno se lleva el zasca por no revisarlo.
Autónomos, desempleo, Bizum, dividendos y sanciones que conviene vigilar en 2026
No todo depende de la nómina. Los autónomos deben presentar la declaración siempre, con independencia de su volumen de facturación. Además, Gómez advierte que Hacienda controlará de forma mensual los Bizum que reciben empresas y profesionales a partir de la información que facilitan los bancos, quedando exentos los particulares.
En cuanto a la prestación por desempleo, los preceptores no estarán obligados a presentar la declaración correspondiente al año 2025 tras la publicación en el BOE de un Real Decreto Ley de medidas económicas el pasado mes de diciembre.
Por otra parte, si tienes rendimientos del capital mobiliario, recuerda que deben declararse los dividendos empresariales por encima de 1.600 euros. Y, si has recibido subvenciones, hay algunas que se deben declarar cuando superan 1.000 euros.
Asimismo, Hacienda también ha confirmado el incremento del 28 % al 30 % en el tipo del tramo máximo sobre la base del ahorro, lo que supone una mayor penalización para quienes obtienen más beneficios en ese tramo.
Por último, omitir ingresos puede acarrear multas: la Agencia Tributaria puede requerir información y proponer una sanción de entre el 50 % y el 150 % de lo no declarado, según la gravedad. Gómez lo resume así: “Las sanciones no están condicionadas a grandes fraudes, ya que puedes ser un pequeño contribuyente, y por realizar mal tu renta puedes recibir una sanción”.
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