Las deudas con Hacienda no son bien recibidas por parte de nadie, y son situaciones que le pueden ocurrir a cualquier persona, como puede ser por temas relacionados con el IRPF u otros impuestos. Ahora bien, en este sentido, y cuando algún contribuyente se encuentra está en esta situación, llega la pregunta del millón, ¿me puedo salvar de una deuda con la Agencia Tributaria? Hacienda puede perdonar a los deudores siempre que no se supere un límite. Por ello, en esta noticia vamos a explicar hasta qué cantidad es posible tener una deuda y cómo actuará este organismo al que tanto le temen los españoles, cuando reciben una carta o un aviso.
Este es límite establecido por el que Hacienda puede perdonar las deudas de aquellos contribuyentes que tengan alguna pendiente
Hacienda, ya confirmó en junio del año 2022, que se van a perdonar las deudas de los contribuyentes, cuando estas estén por debajo de los 3 euros. Así, lo recoge, el Boletín Oficial del Estado (BOE) donde se indica lo siguiente: “se perdonan todas las deudas siempre cuando sean inferiores a los tres euros”. De todas formas se dan casos con otros límites donde también se está exento de pagar dichas deudas, tales como estamos cobrando una prestación o un salario que no llega a un tope.
La explicación de que se tome esta decisión de perdonar a los contribuyentes por parte de Hacienda, cuando deben cantidades de menos de 3 euros, es que sale más caro el collar que el perro. Además, de esta forma se da fin a todas las deudas económicas y de gestión de recursos que están pendientes. Resumiendo, podemos decir que a la Agencia Tributaria, no le sale rentable tanto tiempo invertido y el coste que conlleva, para lo que es una cantidad “insignificante” para todos los trámites que trae consigo.
También están exentas de las deudas con Hacienda las siguientes personas
Otra de las medidas que se llevaron a cabo, de parte del Gobierno, fue el no poder embargar a personas que estén cobrando por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto se ve reflejado en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 27.2 del mismo. Por tanto, si un pensionista o alguien que trabaje tenga deudas pendientes con Hacienda, si no supera el SMI, que está situado en los 1.134 € al mes (14 pagas), no pueden embargarte.
Si crees que tienes alguna deuda o quieres averiguarlo, tan solo debes presentarte ante una de las oficinas de la Agencia Tributaria (cita previa). Otra de las opciones es accediendo a la Sede Electrónica (pagar, aplazar y consultar), que sin duda es la más rápida y sin moverte de casa. Tan solo es necesario el DNI o usado algunos de los medios digitales, tales como certificado o DNIe. También es posible a través de la App de la Agencia Tributaria.
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