El borrador está en audiencia pública hasta el 10 de febrero y prevé reintegros si no se ejecuta el gasto o no se alcanzan los hitos.
El Ministerio de Hacienda, que encabeza María Jesús Montero, ultima una nueva orden para que las compañías que recibieron fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia devuelvan el dinero cuando incumplan objetivos o no realicen el gasto. Esta medida se suma a otras iniciativas recientes del departamento, como la propuesta para rebajar los impuestos a las empresas que contraten con salarios por encima del SMI. ¿Tu empresa recibió una ayuda de este tipo? Si es así, conviene que estés atento.
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Qué pretende la nueva orden de Hacienda sobre reintegro de fondos europeos
Hacienda subraya que la concesión de fondos estaba vinculada a proyectos y líneas de acción del Plan de Recuperación. Por eso, el borrador recoge que, “en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las citadas entidades deberán integrar los fondos recibidos”.
En consecuencia, la devolución puede activarse si el dinero no se usa como se comprometió o si el proyecto no llega a los resultados pactados.
Cuándo y por qué las empresas deberán devolver el dinero recibido
La devolución podrá ser total o parcial, según el grado de ejecución del gasto y el cumplimiento de hitos y objetivos. No se limita a una lógica de todo o nada: también entra en juego un avance incompleto o una ejecución por debajo de lo previsto. Estos son los supuestos que más se vigilarán:
- Gasto no ejecutado, de manera total o parcial.
- Hitos u objetivos no alcanzados en un proyecto o línea de acción.
- Falta de documentación que acredite el cumplimiento.
¿Hay margen para evitar el disgusto? La clave está en justificar el avance y responder a tiempo cuando la administración pida información.
Cómo revisarán las administraciones el cumplimiento de hitos, objetivos y gasto
La administración que concedió la ayuda, local, autonómica o estatal, revisará de oficio si se han cumplido los objetivos. Para exigir la devolución, podrá tener en cuenta si la empresa no ha obtenido el certificado de cumplimiento, si falta el informe de gestión acreditativo o si no se ha aportado la información necesaria que confirme la consecución de los objetivos.
| Qué se revisa | Qué puede pedir la administración | Resultado posible |
|---|---|---|
| Gasto e hitos del proyecto | Certificados, informe de gestión y datos de ejecución | Reintegro total o parcial |
La recomendación práctica es clara: documentación ordenada y trazabilidad del gasto.
Qué órganos pueden iniciar la revisión y qué pasa si no se paga
Además del organismo que concedió los fondos, la orden prevé que también puedan impulsar revisiones:
- La Subsecretaría del departamento responsable del proyecto.
- La Secretaría General de Fondos Europeos.
- La Intervención General de la Administración del Estado, como Autoridad de Control del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.
El dinero, si procede, se reintegrará al Tesoro Público. Y si la empresa no lo devuelve en periodo voluntario, Hacienda ejecutará el cobro. Mejor no dejarlo para la semana que viene. Para más noticias relacionadas con Hacienda, visita nuestra sección de trámites.

