Las pegatinas ambientales de la Dirección General de Tráfico están provocando un giro de 180 grados con respecto a la movilidad de los coches, motocicletas y furgonetas en el centro de las ciudades. Y es que, los coches de combustión cada vez van a tener más restricciones para circular en las urbes. Una circunstancia que ya es un hecho, sobre todo, en las grandes ciudades de nuestro país.
La Unión Europea obliga a las autoridades locales a limitar el acceso de los vehículos que no tengan visibles los adhesivos con los distintivos medioambientales de la DGT, dentro de las llamadas ZBE o zonas de bajas emisiones. Algo que tarde o temprano los ayuntamientos van a implementar obligatoriamente en todos los municipios de más de 50.000 habitantes de España, con el fin de cumplir la normativa europea.
Los distintivos medioambientales determinan el acceso a las zonas de bajas emisiones de las ciudades
Los distintivos ambientales son unos adhesivos que se colocan en el ángulo inferior derecho del parabrisas y que tienen el cometido de clasificar a los vehículos, dependiendo de su eficiencia energética y, por ende, del impacto medioambiental que provocan. Las llamadas coloquialmente como “pegatinas de la DGT”, tienen un coste de 5 euros (sin incluir gastos de envío) y se pueden adquirir por cualquiera de estas vías:
- Oficinas de Correos.
- Gestores Administrativos.
- Red de talleres de CTRAA (Confederación Española de talleres), así como en otras redes de talleres autorizados.
- IDEAUTO o Instituto de Estudios de Automoción.
- Estancos autorizados.
- En el caso de flotas, se pueden obtener los distintivos a través de la asociación Ganvam.
Existen 4 tipos de etiquetas de la DGT
Hay disponibles 4 tipos de etiquetas ambientales. A continuación, las mostramos ordenadas de mayor a menor, dependiendo del grado de eficiencia medioambiental, y son las siguientes:
- Azul de 0 emisiones: Corresponde a los vehículos más eficientes. Tiene derecho a este distintivo los vehículos:
- Eléctricos de batería (BEV).
- Eléctricos de autonomía extendida (REEV).
- Eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km.
- Vehículos de pila de combustible.
- Eco: Para vehículos híbridos:
- Eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km.
- Híbridos no enchufables (HEV).
- Vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL).
- Gas licuado del petróleo (GLP).
- C (verde): Para los de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO.:
- Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006.
- Diésel a partir de septiembre de 2015.
- Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- B (amarilla): Vehículos de combustión interna que no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO:
- Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001
- Turismos y furgonetas ligeras de diésel a partir de 2006.
- Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
¿Qué ocurre si tu vehículo está fuera de dicha clasificación?
Los vehículos que no están incluidos en esta lista se consideran altamente contaminantes y, por lo tanto, no pueden obtener ninguno de estos distintivos ambientales por parte de la Dirección General de Tráfico. Como consecuencia, no van a poder acceder a las zonas de bajas emisiones, cuando se generalice su implantación. De hacerlo, se enfrentarían a sanciones económicas de 200 euros, aunque puede reducirse a 100 euros por pronto pago.
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