El Ayuntamiento activa la convocatoria 2025/2026 para familias con menores de 2º ciclo de Educación Infantil matriculados en centros ubicados fuera de la localidad.
El consistorio de San Juan de Aznalfarache impulsa una ayuda para aliviar el gasto en libros y material escolar del alumnado de Infantil que estudia fuera del municipio. El pago se realizará por transferencia bancaria y la ayuda es compatible con otras, siempre que no se supere el coste total de los gastos subvencionables. El plazo se abrió el 14 de octubre y finaliza el 10 de noviembre y la cuantía máxima es de 125 euros por beneficiario.
Quién puede solicitar las ayudas de libros y material escolar 2025/2026 fuera del municipio
Podrán solicitar esta beca las familias de estudiantes que cumplan los requisitos: no superar una renta per cápita anual de 18.000 euros; que el menor esté empadronado en San Juan de Aznalfarache; estar matriculado en el curso 2025/26 en 2º ciclo de Educación Infantil en un centro de Educación Infantil y Primaria situado fuera del municipio; cumplir la Ley General de Subvenciones y no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones. ¿Encaja tu situación en este perfil? Como referencia, el IPREM 2025 se fija en 20 euros/día, 600 euros/mes, 7.200 euros/año (12 pagas) u 8.400 euros/año (14 pagas).
Fechas de apertura, plazos y cuantías de las ayudas del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache
La convocatoria ya tiene calendario y condiciones básicas. A continuación se resumen los puntos esenciales para no perderse ningún detalle.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Ámbito territorial | San Juan de Aznalfarache (Sevilla) |
| Organismo | Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache |
| Inicio de solicitudes | 14-10-2025 |
| Fin de solicitudes | 10-11-2025 |
| Importe máximo por beneficiario | 125 € |
| Forma de pago | Transferencia bancaria a la cuenta designada |
| Plazo máximo de resolución | Seis meses desde la publicación |
| Silencio administrativo | Desestimatorio |
Además, la ayuda es compatible con otras subvenciones con la misma finalidad, siempre que, en conjunto, no se supere el coste total de los gastos subvencionables. De ahí que convenga guardar todas las facturas.
Cómo solicitar la ayuda de material escolar: requisitos, documentación y presentación de la solicitud
La petición se formaliza mediante el modelo de Anexo I y debe presentarse dentro del plazo indicado. Junto a la solicitud, será necesario aportar la documentación que acredite los requisitos económicos, administrativos y académicos. ¿Cómo prepararlo sin sobresaltos? Teniendo a mano lo siguiente:
- Solicitud según modelo Anexo I.
- DNI o NIE de la persona solicitante.
- Libro de familia o documento que acredite la representación legal del menor.
- Justificante de matriculación del menor en un centro de Educación Infantil y Primaria fuera del municipio.
- Declaración jurada de no percepción de ingresos (Anexo II), en su caso.
- Designación de cuenta bancaria (Anexo IV).
- Facturas justificativas de los gastos, en su caso; y documentación acreditativa del nivel de rentas de la unidad familiar.
La solicitud puede hacer online o presencial en el Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, dentro del periodo comprendido entre el 14 de octubre y el 10 de noviembre de 2025.
Criterios de concesión, compatibilidad con otras ayudas y forma de pago por transferencia bancaria
La concesión se realizará atendiendo a la renta per cápita, de mayor a menor puntuación, priorizando a quienes acrediten menor renta. La escala de puntuación abarca desde 1 punto (renta per cápita hasta 18.000 euros) hasta 7 puntos (renta per cápita hasta 2.571,48 euros). En consecuencia, acreditar correctamente los ingresos es clave. La cuantía concedida se abonará por transferencia a la cuenta designada por la persona beneficiaria, ni más ni menos.
No se subvencionan gastos diferentes a la adquisición de libros de texto o material escolar aprobados por el centro educativo. Esto quiere decir que otros desembolsos, por necesarios que parezcan, quedarán fuera. El Ayuntamiento dispone de un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar. Si no hay respuesta en ese periodo, el silencio administrativo será desestimatorio.
¿Alguna duda sobre los plazos? Conviene presentar todo con antelación para evitar contratiempos de última hora. Conoce más noticias sobre becas y ayudas educativas en nuestra sección de formación.