Cuando hablamos de jubilación, pensamos en un retiro dorado, idílico, pero no siempre es así, hay pensionistas que, sin un extra, llegan a fin de mes a duras penas. Aunque se pueda pensar que es lo que les corresponde por lo cotizado en vida, no podemos, como sociedad, dejar a un lado a nadie, en especial a nuestros mayores. Durante este año algunos pensionistas están recibiendo un extra de más de 1.700 euros en su nómina para poder mitigar la escasa liquidez. En el artículo de hoy vamos a detallar esta “ayuda”, quien la puede solicitar y ver si puede alargarse en el futuro.
¿Qué pensionistas pueden recibir este extra de más de 1.700 euros?
En esta prestación hay dos vertientes posibles, con sus diferencias tanto económicas, como de requisitos. Importante recalcar que, estas ayudas pertenecen a la Junta de Andalucía. Las personas de fuera de nuestras fronteras no podrán acceder a ellas. El dinero a percibir se recibe en 4 mensualidades (marzo, junio, septiembre y diciembre), y será de 431,17 euros cada vez. El total a recibir es de 1.725,50 €. Los primeros pensionistas que pueden beneficiarse de esta son los titulares de la Ayuda Económica de carácter extraordinario para beneficiarios del Fondo de Asistencia Social (F.A.S.) y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (S.G.I.M.). Se accederá a ellas, siempre que se tenga derecho a percibir la Ayuda con cargo al F.A.S. por Enfermedad o por Ancianidad, o el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos derivado de las Prestaciones Sociales para Personas con Discapacidad (P.S.P.D.).
Y el segundo grupo de pensionistas que la puede solicitar es, los beneficiarios de la Ayuda Social de carácter extraordinario para beneficiarios de Pensiones no contributivas por Jubilación e Invalidez. Aquí el dinero que se percibe, varía sustancialmente, bajando hasta los 178,42 euros, que se abonaron en un solo pago durante el primer trimestre del año 2024. Si se quiere acceder a ellos, tiene que ser titular de pensiones no contributivas, y hay que cumplir dos requisitos obligatorios:
- Tener esta condición a 31 de diciembre de 2023.
- Tener la residencia habitual en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Donde contactar si necesito resolver dudas
El responsable de la información publicada es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en cuya página facilitan mail de contacto para solucionar incidencias o dudas que surjan. También ponen a disposición un teléfono de ayuda a la ciudadanía, que es el siguiente: 955048000. Por el momento no sabemos si esta prestación ha sido con carácter extraordinario, o se alargará en el tiempo. Estaremos atentos a cualquier novedad para compartirlas con los lectores.
Si necesitas más información sobre otras ayudas y prestaciones, te aconsejamos que visites nuestro periódico digital especializado en noticias de Andalucía. Síguenos durante los 365 días del año para estar informado/a.