Por regla general, a la mayor parte de los trabajadores que rescinden su contrato de trabajo, les corresponde percibir una indemnización por despido. Para fijar la cuantía del importe a cobrar cuando finaliza la relación laboral, hay que considerar varios factores que vienen especificados en la nómina que ha percibido cada mes el empleado por cuenta ajena. Nos referimos a elementos clave tales como: la antigüedad del asalariado en la empresa o el salario bruto, entre otros conceptos. No te arriesgues a perder parte de tu indemnización por despido y asegúrate de revisar los datos clave en tu nómina para evitar sorpresas desagradables.
A todos los despidos no les corresponde una indemnización
No todos los despidos dan derecho a una indemnización. En primer lugar, el despido objetivo, es decir, aquel que está justificado por la empresa por motivos de producción, organización o causas económicas, sí que da lugar a percibirla. También, en caso de falta de adaptación o por cambios realizados por la empresa. Aunque para ello, la misma está obligada a enviar una carta de despido con 15 días de antelación al trabajador.
Por otro lado, los despidos colectivos, esto es, que engloban a muchos trabajadores al mismo tiempo, mediante la puesta en marcha de lo que se conoce como un ERE o expediente de regulación de empleo, también da derecho a cobrar una indemnización.
Sin embargo, existen otras muchas causas que no dan derecho a percibir la compensación a la hora de poner fin a la relación laboral. Nos referimos, por ejemplo, a cuando se producen faltas graves en el lugar de trabajo por parte del trabajador, tales como: el absentismo continuado, el acoso laboral, el hurto o la desobediencia.
Existen 3 tipos de indemnizaciones por despido
En suma, los trabajadores por cuenta ajena que finalizan la relación laboral con su empresa tienen derecho a 3 tipos de indemnizaciones por despido, según sea su naturaleza:
- Procedente: corresponden 20 días por cada año trabajado, con un límite de 12 meses.
- Sin causa justificada, solo para contratos firmados después del 12 de febrero de 2012, en este caso corresponden a 33 días por cada año trabajado, con un límite de 24 meses.
- Indemnización mixta: se aplica a contratos firmados con anterioridad al 12 de febrero de 2012, es decir, antes de esa fecha corresponden 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades, después de dicha fecha, pasa a ser de 33 días de salario por cada año trabajo, con un máximo de 24 meses.
Factores clave en la nómina que debes revisar porque sirven para calcular la indemnización por despido
En definitiva, para calcular la indemnización por despido se tienen en cuenta varios factores que vienen reflejados cada mes en la nómina del trabajador. Por un lado, debes tener en cuenta qué salario bruto cobras, incluidas las pagas extraordinarias prorrateadas. También, es conveniente que revises que la antigüedad que refleja la nómina sea la correcta, ya que, obviamente, a más tiempo en la empresa corresponderá una compensación mayor.
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