Un tribunal concede el subsidio para mayores de 52 a una empleada de hogar pese a que no cotizó lo suficiente

La Sala de lo Social ordena computar como cotizados los periodos trabajados en el Régimen Especial del Hogar y confirma la resolución del Juzgado de lo Social n.º 2 de Pamplona; solo cabe recurso de casación ante el Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha reconocido el derecho de una trabajadora del hogar a percibir el subsidio para mayores de 52 años, pese a no acreditar seis años de cotización por desempleo. La clave: contar como cotizados los periodos anteriores en el antiguo Régimen Especial de Empleados de Hogar. ¿Por qué importa? Porque, de no hacerlo, muchas trabajadoras no podrían acceder a esta prestación hasta el 1 de octubre de 2028.

Qué cambia para las empleadas de hogar con el subsidio para mayores de 52 años tras el dictamen del TSJ de Navarra

El caso se apoya en la sentencia del TJUE de 24 de febrero de 2022, que cuestionó la exclusión histórica del hogar de las prestaciones por desempleo. Tras esa decisión, el Real Decreto-ley 16/2022 permitió cotizar por desempleo desde el 1 de octubre de 2022. Sin embargo, el SEPE seguía exigiendo seis años de cotización efectiva, lo que en la práctica dejaba fuera a quienes, como la demandante, habían trabajado antes sin posibilidad legal de cotizar.

El tribunal navarro corrige esa situación y ordena computar como cotizados los periodos previos en el sistema especial. En román paladino: si trabajaste años en el hogar cuando no se podía cotizar por paro, ese tiempo cuenta. ¿Quién se beneficia? Empleadas de hogar que, por esa brecha normativa, no alcanzaban el requisito de seis años. Estos son los puntos más significativos del fallo judicial:

  • Órgano: Tribunal Superior de Justicia de Navarra (Sala de lo Social).
  • Confirma la resolución del Juzgado de lo Social n.º 2 de Pamplona.
  • Reconoce el subsidio para mayores de 52 años pese a no sumar seis años cotizados.
  • Ordena computar periodos previos en el Régimen Especial de Empleados de Hogar.
  • Recurso posible: casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Cómo se solicitará ante el SEPE y qué cotizaciones se computarán para acceder a la prestación reconocida

El itinerario seguido en este caso es claro: la mujer pidió el subsidio ante el SEPE el 15 de marzo de 2023 y se le denegó por no alcanzar el mínimo (exigían 2.160 días). Después, acudió a la vía judicial; la Sala confirma la estimación de su demanda y fija que deben contarse como cotizados los periodos trabajados en el Régimen Especial del Hogar.

Para entender de un vistazo los datos del procedimiento y las fechas decisivas, aquí tienes una tabla con la información esencial del caso. ¿Te reconoces en una situación similar?

DatoInformación
Periodo 1 en hogar01/05/1985–31/07/1993
Periodo 2 en hogar01/09/2000–31/12/2012
Periodo 3 en hogar01/02/2012–01/07/2012
Solicitud ante el SEPE15/03/2023 (denegada)
Días cotizados al pedir1.762 (mínimo exigido: 2.160)
Cotización por desempleo posibleDesde 01/10/2022 (tras RDL 16/2022)
Umbral temporal señalado por la SalaHasta 01/10/2028 no se alcanzaría el requisito

Estos hitos muestran por qué el cómputo de periodos previos resulta determinante: sin ese criterio, la exigencia de seis años dejaría a las trabajadoras esperando hasta 2028. Por tanto, el fallo alinea el acceso al subsidio con el principio de igualdad de trato que inspiró la sentencia europea.

Fechas clave, recursos posibles y efectos hasta octubre de 2028 para las trabajadoras del hogar afectadas

La resolución implica efectos inmediatos para casos análogos: permite que el SEPE reconozca el subsidio considerando los periodos anteriores a 2022. Además, delimita el recorrido jurídico: contra el fallo solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. ¿Y ahora qué? Si una denegación se basó en no llegar a los seis años por imposibilidad legal de cotizar, este criterio abre una vía sólida para reclamar.

En consecuencia, el dictamen del TSJ de Navarra no solo resuelve un caso individual: también marca una pauta para evitar que la fecha del 1 de octubre de 2028 actúe como un bloqueo generalizado. De ahí que muchas trabajadoras puedan ver reconocido antes su derecho a esta prestación. Conoce más noticias sobre el mundo laboral en la sección de empleo de nuestro periódico digital.

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