El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado improcedente el despido disciplinario de un trabajador de Renault. Este se encontraba de baja laboral por discopatía lumbar y cervical. No obstante, la empresa contrató a un detective privado que le realizó un seguimiento mientras desempeñaba actividades cotidianas. Tras esto, procedió a despedirlo, acusándole de hacer “vida normal”. Ahora, esta acción podría salirle muy cara a la multinacional de automóviles.
El trabajador de Renault pidió la baja laboral en junio de 2023
La sentencia recoge que el empleado llevaba trabajando en la compañía desde el 15 de enero de 2004. El 12 de junio de 2023 tomó una baja laboral por un proceso de incapacidad temporal provocado por una “lumbalgia aguda”. El 6 de junio de 2024, recibió una carta de despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual.
Renault aludió que, después de haber contratado los servicios de una agencia de detectives, había descubierto que realizaba una serie de actividades que consideraba incompatibles con su estado. Algunas de estas eran lavar su coche, conducir, cargar dos mochilas y dos bolsas y una garrafa de agua de 5 litros. Después de comunicarle esta decisión, el empleado impugnó su despido y el asunto pasó a manos de la justicia.
Despido improcedente
El Juzgado de lo Social número 1 de Valladolid, declaró improcedente el despido, y condenó a la empresa a readmitir al trabajador, o a indemnizarle con 61.632 euros. Sin embargo, Renault no quedó conforme con esta resolución y decidió presentar un recurso de suplicación. En este, la defensa solicitó una revisión de los hechos y alegó que el antiguo empleado hacía “una vida normal, compatible con las que podría realizar en su puesto de trabajo”.
Además, conforme a los exámenes médicos, Renault expuso que en los días en los que se le hizo un seguimiento al trabajador, se vio como este realizaba actividades, “sin duda incompatibles con la lesión que motiva su baja por incapacidad temporal y las que en teoría le impiden realizar su puesto de trabajo”. A su parecer, estos hechos eran “suficientemente graves para conllevar el despido disciplinario” por transgresión de la buena de contractual.
El trabajador, por su parte, explicó que estas actividades no perjudicaban su incorporación. Asimismo, el informe médico evidenció que no incluía ninguna contraindicación para conducir. También, señalaba que la conducción no estaba “contraindicada si hace paradas regularmente”.
El Tribunal confirma que Renault aplicó un despido improcedente
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ), desestimó el recurso que había presentado Renault y confirmó la primera sentencia, declarando el despido como improcedente. Para el TSJ, “no se trata de actividades incompatibles con las dolencias que padece, ni han contribuido a empeorar su situación, ya que sigue en tratamiento médico tomando su medicación y haciendo rehabilitación”.
También, hizo referencia a una sentencia del Tribunal Supremo de 1991 que determinaba que no toda actividad desarrollada durante baja temporal tiene por qué implicar una transgresión grave de la buena fe contractual. Por lo tanto, confirmó la sentencia de la primera instancia.
Eso sí, Renault tiene la opción de presentar un recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo. De volver a fallar a favor del trabajador, debería abonarle 61.632 euros. De esta manera y hasta nuevo aviso, es despido improcedente. Para seguir informándote sobre estas noticias, no dejes de visitar este periódico digital.