La Ley 53/1984 abre la puerta al emprendimiento de los empleados públicos, siempre que pidan la compatibilidad y la actividad no choque con su cargo.
Ser funcionario no significa renunciar a tus ideas de negocio. Más de 2,7 millones de trabajadores públicos pueden darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) si cumplen una serie de condiciones y obtienen el reconocimiento de compatibilidad de la Administración. A continuación, te contamos de forma práctica quién puede solicitarlo, cómo hacerlo y qué riesgos hay si se ignoran las reglas.
La Ley 53/1984 de Incompatibilidades permite al personal civil o militar de la Administración del Estado, comunidades autónomas, entidades locales, Seguridad Social y organismos públicos emprender por cuenta propia, siempre que la actividad no menoscabe sus deberes ni comprometa su imparcialidad. ¿Eres juez, docente o gestor? Entonces, conviene comprobar que tu proyecto no guarde relación directa con las funciones de tu puesto. De ahí que el primer filtro sea analizar si tu futura actividad colisiona con tus responsabilidades diarias.
Pasos imprescindibles para pedir el reconocimiento de compatibilidad ante la Administración competente y evitar sanciones
El reconocimiento es prescriptivo antes de emitir la primera factura. El trámite se solicita al Ministerio de la Presidencia, al órgano autonómico o al pleno de tu corporación local, según la plaza que ocupes. La resolución llega en un máximo de dos meses; sin ella, la aventura emprendedora queda en suspenso. ¿Te imaginas abrir tu propia tienda ‘online’ y, de golpe, recibir una advertencia formal? Mejor seguir el proceso paso a paso:
Trámite | Organismo que resuelve | Plazo legal |
---|---|---|
Solicitud de compatibilidad | Ministerio, consejería autonómica o ayuntamiento | 2 meses |
Alta en RETA (solo tras resolución) | Tesorería General de la Seguridad Social | Inmediato |
Revisión en caso de cambio de destino | Mismo órgano que concedió la compatibilidad | 2 meses |
Cumplido el visto bueno, podrás darte de alta como autónomo en RETA y formalizar tu proyecto. ¡Ojo! La autorización no modifica ni tu jornada ni tu horario, así que organizarse es vital.
Actividades privadas que la ley considera incompatibles con la función pública y que debes evitar a toda costa
“No podrá ejercer actividades privadas… que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde estuviera destinado”, recoge literalmente la norma. Para aclararlo, el Gobierno establece por Real Decreto una serie de vetos. Estas son las más comunes:
- Prestaciones profesionales en asuntos donde hayas intervenido en los últimos dos años.
- Pertenencia a consejos de administración de empresas vinculadas a tu departamento.
- Cargos o participaciones superiores al 10 % en sociedades concesionarias o contratistas del sector público.
- Servicios a personas obligadas a tratar contigo en tu puesto público.
Si tu idea encaja en esta lista, tocará replantearla o desistir. Después de todo, la clave es mantener la independencia y proteger la imagen de la Administración
Sanciones y consecuencias de ejercer como autónomo sin disponer de autorización previa de la Administración
Actuar por libre sin compatibilidad trae problemas serios. El propio texto legal advierte: “Las correspondientes faltas serán calificadas y sancionadas… quedando automáticamente revocada la autorización”. En la práctica, pueden abrirte un expediente, suspenderte de empleo y sueldo e incluso declararte incompatible a futuro. No merece la pena arriesgarse, ¿verdad?
El abogado laboralista Jaume Barcons resume el escenario: “Un funcionario puede ser autónomo siempre y cuando solicite una compatibilidad para trabajar por cuenta propia. Si se da de alta sin ella, será sancionado e incluso podría quedar suspendido”. Así de claro.
En suma, emprender sin abandonar tu plaza de funcionario es posible, pero exige planificación: solicita la compatibilidad, elige una actividad ajena a tu ámbito público y respeta los plazos. Con estos pasos, convertirás tu idea en realidad sin sobresaltos. Permanece informado de más asuntos relacionados con el mundo laboral visitando nuestra sección de empleo.