Mercadona pierde la batalla judicial: despido improcedente tras denunciar acoso laboral una empleada con 11 años de antigüedad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma que la trabajadora fue cesada un mes después de activar el protocolo anti‑mobbing: la cadena deberá readmitirla o pagarle 32.222,52 € más salarios de tramitación.

Once años de servicio no bastaron para blindar su puesto: la cadena de supermercados despidió a la gerente apenas 30 días después de que denunciara a su coordinadora por acoso. Ahora, la justicia andaluza declara el cese improcedente y obliga a Mercadona a escoger entre la readmisión y la indemnización.

Cómo se produjo la denuncia de acoso y la posterior baja por ansiedad

Todo comenzó el 23 de enero de 2024. Siguiendo el protocolo anti‑mobbing interno, la empleada comunicó que su coordinadora cuestionaba su uniforme delante de la plantilla: “¿Te has pedido una talla más que vas embutida?”, la relegaba a tareas de menor responsabilidad y la aislaba en el almacén. ¿Resultado? Ansiedad, trastorno de pánico y, finalmente, baja médica.

En suma, concluido el protocolo sin probar el acoso, pero sí una “situación de tensión”, la empresa la despidió el 27 de febrero alegando falta muy grave. ¡Nada más lejos de la realidad!, diría más tarde el juzgado.

La resolución judicial detalla por qué el despido resulta finalmente improcedente

Primero fue el Juzgado de lo Social n.º 9 de Málaga, luego el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sentencia 6530/2025). Ambos órganos coinciden: el despido no encaja en la falta muy grave esgrimida por la empresa. El TSJ subraya la extensa trayectoria sin sanciones de la trabajadora y la inexistencia de mala fe en su denuncia. De ahí que aplicar el artículo 33 C) del convenio como “denuncia falsa” fuese un error. Además, invoca la teoría gradualista: la sanción debe valorar circunstancias individuales antes de llegar al cese. Por consiguiente, una vez firme la decisión, Mercadona solo dispone de dos caminos:

Fecha claveHecho destacado
23‑01‑2024Denuncia de acoso ante RR. HH.
27‑02‑2024Carta de despido disciplinario
2024‑MayoSentencia del Juzgado de lo Social n.º 9: despido improcedente
2025TSJ Andalucía confirma la improcedencia (sentencia 6530/2025)

Antes y después de la tabla, resulta útil recordar que la compañía debe decidir entre readmitirla en su puesto, abonando los 81,37 € diarios devengados o pagarle 32.222,52 € de indemnización. ¿Qué opción tomará?

A tener en cuenta para las personas trabajadoras que viven una situación similar

Si te sientes identificado con este caso, toma nota de los pasos esenciales:

  • Activa el protocolo interno de acoso tan pronto detectes conductas hostiles.
  • Recopila pruebas (testigos, correos, partes médicos) que acrediten el perjuicio.
  • Solicita baja médica si tu salud mental se resiente; protege tu bienestar.
  • Acude a la vía judicial: la reclamación por despido debe presentarse en 20 días hábiles.

Por consiguiente, documentar cada fase es crucial para que los tribunales valoren la existencia de tensión, aunque no se logre probar el acoso en sentido estricto. Además, no dudes en buscar asesoramiento profesional. Por otro lado, recuerda que la antigüedad y la ausencia de sanciones previas juegan a tu favor. ¿Quién dijo que enfrentarse a un gigante empresarial es misión imposible? Para más noticias sobre empleo, visita nuestra plataforma web de información.

Deja un comentario