Las empleadas de hogar ganarán 3 nuevos derechos a partir del 1 de enero de 2026: según RD 894/2024

El Real Decreto 893/2024 refuerza la protección de las trabajadoras domésticas con tres garantías clave: evaluación de riesgos, reconocimiento médico gratuito y derecho a interrumpir el trabajo ante acoso o peligro.

En España, el empleo del hogar ha sido históricamente femenino y con menos protección. Con la nueva norma, el sector gana en seguridad, salud y dignidad laboral. Estos nuevos derechos deberán aplicarse de forma gradual hasta ser obligatorios a partir de enero de 2026. ¿Trabajas en una casa particular y no sabes cómo te afecta? Aquí te lo explicamos, paso a paso y sin rodeos.

Qué cambia para las empleadas del hogar con el Real Decreto 893/2024 y desde cuándo aplica

La norma introduce tres derechos que se irán implementando y serán exigibles a partir de 2026, equiparando este trabajo a otros colectivos.

  • Evaluación de riesgos en el domicilio para identificar y analizar peligros del entorno doméstico.
  • Reconocimiento médico periódico gratuito a través del sistema público de salud, con enfoque en riesgos del trabajo doméstico.
  • Interrupción del trabajo ante riesgo grave o acoso, pudiendo abandonar el domicilio sin que se considere dimisión ni cause despido.

En consecuencia, el objetivo es claro: que la carga no recaiga en exclusiva sobre la trabajadora y que la parte empleadora asuma también responsabilidades. Ojo, esto supone un cambio de cultura preventiva en los hogares empleadores.

Quién puede beneficiarse de estos nuevos derechos laborales en el trabajo doméstico

Se dirigen a todas las empleadas del hogar, con independencia de si trabajan por horas, como internas o con jornada parcial o completa. Por lo tanto, se refuerza la prevención de riesgos y la vigilancia de la salud allí donde se realiza la actividad: el domicilio. ¿Te preguntas si tendrás que pagarlo tú? La finalidad declarada es que ni el coste ni la carga recaigan directamente sobre la trabajadora.

Además, se garantiza la dignidad: ante una situación de acoso, discriminación o violencia, la trabajadora puede parar la actividad y abandonar el domicilio. No se interpretará como dimisión, ni dará lugar a un despido.

Cómo solicitar y acreditar cada derecho ante empleadores y organismos competentes

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) creará en un plazo de diez meses una herramienta online para facilitar la identificación de riesgos en el hogar. Respecto a la salud, los reconocimientos serán gratuitos y periódicos, con carácter trienal, y el INSST fijará el protocolo en el plazo de un año desde la publicación del real decreto.

En paralelo, se establecerán protocolos específicos en un año para actuar ante acoso o riesgo grave. Como puedes ver, en la siguiente tabla, ofrecemos un resumen para orientarte en plazos y quienes intervienen como responsables, según cada caso:

DerechoQué implicaQuién intervienePlazos conocidos
Evaluación de riesgos en el domicilioIdentificar y analizar riesgos del entorno domésticoEmpleador, con herramienta del INSSTHerramienta online en 10 meses
Reconocimiento médico periódico gratuitoExámenes trienales para detectar daños del trabajo domésticoSistema público de salud; protocolo del INSSTProtocolo en 1 año
Interrupción del trabajo por riesgo o acosoParar y abandonar el domicilio sin dimitir ni despidoProtocolos específicos a definirProtocolos en 1 año; exigible en 2026

Cuando estén operativos, estos mecanismos se podrán activar de forma presencial u online, según el caso: la evaluación apoyada en la herramienta del INSST y los reconocimientos a través del sistema público de salud. De ahí que convenga conservar justificantes y comunicaciones con el empleador.

Otros avances en pensiones y prestaciones para empleadas del hogar desde 2022

Estos derechos se suman a los pasos dados en 2022. Tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, se extendió la protección por desempleo mediante el Real Decreto-ley 16/2022 y se eliminó el despido por desistimiento con indemnización reducida. En consecuencia, la indemnización por despido improcedente se equiparó a la del resto de personas trabajadoras: 33 días por año trabajado.

También, a través del Convenio 189 de la OIT, se reconocieron derechos esenciales como salario mínimo, descansos, libertad sindical o elección de residencia. No obstante, todavía hay empleos sin contrato escrito ni alta en la Seguridad Social, con el riesgo de sanciones para la parte empleadora. Por consiguiente, conviene exigir alta, contrato y registro horario: es la base para acreditar jornadas y salarios. No te líes: cuanto más ordenados estén tus papeles, más fácil será reclamar.

En resumen, la hoja de ruta está trazada. Falta desplegar herramientas, protocolos y formación para que la prevención cale en los hogares empleadores y la salud y seguridad de las trabajadoras sea real y cotidiana. Conoce más noticias sobre el mundo laboral visitando la sección de empleo de nuestro periódico digital.

Deja un comentario