La Junta de Andalucía abre el plazo de ayudas para fomentar el empleo inclusivo en 2026

La convocatoria de ayudas abierta para 2026 moviliza tres millones de euros para empresas de inserción y empresas privadas.

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de una nueva convocatoria de ayudas para fomentar la inserción laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social. Esta iniciativa se suma a otras medidas recientes como refuerzo del acompañamiento a desempleados en Andalucía. La medida, impulsada por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, prevé respaldar al menos 200 puestos de trabajo. El plazo para solicitarlas va del 21 de marzo al 20 de abril.

Quién puede solicitar estas ayudas de inserción laboral y qué plazo hay para presentarlas

Según informa la web oficial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, estas subvenciones no van dirigidas a particulares. ¿Quién puede pedirlas? Atento, porque cada línea tiene sus propios beneficiarios:

  • Las empresas de inserción inscritas en el Registro de Empresas de Inserción de Andalucía pueden acceder a las líneas 1, 2, 3 y 4.1.
  • Las empresas privadas del mercado ordinario, incluidas personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales, pueden solicitar la línea 4.2.

El plazo de solicitud es de un mes, desde el 21 de marzo hasta el 20 de abril de 2026, y la convocatoria se tramita en régimen de concurrencia no competitiva. Por tanto, conviene no dormirse.

Cuáles son las cuatro líneas de ayudas para empresas de inserción y mercado ordinario

La convocatoria se divide en cuatro líneas con cuantías distintas según el tipo de contratación o gasto subvencionable. Este es el resumen básico:

LíneaPresupuestoAyuda
1150.000 €13.300 € por empleo; 15.000 € si la persona contratada es mujer
22.000.000 €12.690 € por puesto durante 360 días; +1.000 € si la persona contratada es mujer
3675.000 €Dirección: 15.000/16.000 €; personal técnico: hasta 38.000/40.000 €
4175.000 €4.1: 2.000/2.500 €; 4.2: 7.000 € con aumentos en algunos supuestos

La línea 1 financia inversión fija vinculada a nuevos puestos en empresas de inserción. La línea 2, la más dotada, cubre la creación y el mantenimiento de empleos ocupados por personas de colectivos en riesgo o situación de exclusión social.

En los casos de jornada parcial, las cuantías de las líneas 1 y 2 se reducen, y en la línea 3 la ayuda a dirección baja a 7.500 u 8.000 euros. Además, la línea 4 se aplica cuando la contratación o incorporación se produce en los tres meses siguientes a la finalización del itinerario.

La línea 3 respalda la asistencia técnica mediante la contratación o mantenimiento de personal directivo y técnico. La línea 4 busca facilitar el paso al mercado ordinario de quienes hayan completado su itinerario en una empresa de inserción. No está nada mal para reforzar la contratación.

Cómo presentar la solicitud electrónica y qué fechas deben cumplir los gastos subvencionables

Otro punto que no hay que dejar pasar son las fechas. Con carácter general, la actividad o los gastos subvencionables deberán haberse ejecutado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. En la línea 1, la inversión podrá realizarse desde el 1 de enero de 2025 hasta el día anterior a la presentación de la solicitud.

La tramitación se hará solo de forma electrónica, a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía. Además, el pago será del 100% de la cuantía reconocida en la resolución de concesión, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases reguladoras.

En consecuencia, estas ayudas ofrecen respaldo económico a las entidades que apuestan por un empleo inclusivo y sostenible. ¿La clave? Revisar bien la línea correspondiente y no dejar pasar el plazo. Permanece atento a otras novedades sobre empleo en nuestro periódico digital de Andalucía.

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