La Inspección sanciona a una trabajadora por simular un despido para cobrar el paro: 7.501 € de multa y devolución de prestaciones al SEPE

Una empresa de León y una trabajadora de 62 años urdieron un falso despido disciplinario para acceder al subsidio por desempleo.

La Inspección de Trabajo detectó la maniobra al comprobar que el cese se produjo un mes después de una baja médica y con la empleada próxima a la jubilación. El Tribunal concluyó que hubo simulación para cobrar el paro y actuó en consecuencia. El Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada impone 7.501 euros de multa y obliga a devolver las ayudas del SEPE indebidamente percibidas.

Quién puede solicitar el paro y por qué la simulación del despido es fraude

El plan pasaba por un despido disciplinario que permitiera enlazar el cobro del paro hasta la edad mínima de retiro: 65 años si se han cotizado 38 años y tres meses o más, o 66 años y ocho meses cuando no se llega a esa cotización. ¿Puede un despido pactado abrir la puerta a la prestación? No: la obtención de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social exige hechos reales y verificables, no montajes para provocar el acceso al SEPE. De ahí que, al acreditarse la simulación, se imponga la sanción económica y la devolución de lo cobrado.

El intento de fraude ocurrió hace dos años. La trabajadora fue despedida “disciplinariamente” apenas un mes después de reincorporarse tras una baja médica y no reclamó la improcedencia del cese. Esa cercanía a la jubilación, unida a la ausencia de impugnación, activó las alarmas de la Inspección. ¿Te suena forzado? A los inspectores también. Estas son las circunstancias que motivaron la investigación:

  • Trabajadora de 62 años, próxima a la jubilación.
  • Despido disciplinario un mes después de una baja médica.
  • Objetivo: acceder al subsidio por desempleo hasta la edad mínima.
  • No se reclamó la improcedencia del despido.
  • Resultado: multa de 7.501 euros y devolución de prestaciones.

En resumen, los indicios concordantes llevaron a la Inspección a elevar el expediente y al juzgado a sancionar, priorizando la protección de los fondos públicos.

Procedimiento seguido por Inspección de Trabajo y el juzgado de lo social

Inspección de Trabajo puso la lupa por tratarse de un patrón conocido: cese “disciplinario” próximo a la jubilación y sin impugnación por parte de la persona afectada. El Juzgado de lo Social n.º 2 de Ponferrada impuso la multa a la empresa y ordenó la devolución de lo indebidamente percibido. Por lo tanto, además de la sanción, el SEPE recupera las cantidades abonadas. No es baladí: cada caso detectado actúa como aviso para quienes pretendan usar atajos.

Consecuencias económicas y penales previstas en el artículo 307 del Código Penal

Aunque aquí las consecuencias han sido económicas, la simulación de despidos para conseguir prestaciones puede acarrear responsabilidad penal. La ley establece que quien obtenga prestaciones del Sistema de la Seguridad Social mediante simulación, tergiversación u ocultación de hechos “será castigado con la pena de seis meses a tres años de prisión”. A continuación, se resumen las principales sanciones penales en función del importe:

SupuestoPena de prisiónOtras consecuencias
Prestaciones indebidamente obtenidas de hasta 50.000 euros6 meses a 3 años
Prestaciones indebidamente obtenidas superiores a 50.000 euros2 a 6 añosMulta y pérdida de subvenciones y de beneficios o incentivos fiscales de la Seguridad Social durante 4 a 8 años

Cuando la cuantía es elevada, se intensifica la respuesta penal y se añaden inhabilitaciones para obtener ayudas públicas. En consecuencia, la advertencia es clara: el coste del fraude supera con creces cualquier beneficio temporal.

Por otro lado, no es un episodio aislado. Recientemente, se detectó otro caso en el que una trabajadora devolvió 9.500 euros al SEPE por prestaciones percibidas durante 14 meses tras un despido simulado. ¿Merece la pena arriesgarse? Conoce más noticias del mundo laboral en nuestro periódico digital de noticias de la comunidad autónoma de Andalucía.

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