La empresa cometió un error muy común y tuvo que indemnizarla con más de 53.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia avala la indemnización por vulnerar derechos fundamentales con control biométrico.

Una trabajadora llevó a juicio a su empresa por obligarla a registrar la jornada con reconocimiento facial. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia le dio la razón y le reconoció 53.766 euros, en una resolución que recuerda a otros casos recientes con los que tambie´n se han conseguido indemnizaciones relevantes dentro del ámbito laboral.

Controlar la entrada y la salida suele parecer un trámite. Sin embargo, un sistema cada vez más extendido, el reconocimiento facial, puede chocar con la ley si se impone sin justificar que no hay alternativas.

Un fichaje que parece moderno, pero puede chocar con derechos fundamentales

El caso se dio en Galicia, después de que una empleada denunciara que la obligaban a fichar mediante reconocimiento facial. El sistema servía para verificar horarios, pero el tribunal entendió que esa fórmula puede ser una intromisión injustificada en derechos fundamentales.

¿Hasta dónde puede llegar una empresa para comprobar la jornada? La sentencia lo condiciona a un punto clave: acreditar que no existe otra alternativa imprescindible.

El fallo del TSJG en Galicia que pone límites al reconocimiento facial

El TSJG falló a favor de la trabajadora y advirtió de que estos controles no se pueden tratar como una simple tarjeta. Según el criterio judicial, solo tendrían encaje si hay una necesidad real y no se puede lograr lo mismo por otros medios.

Además, el fallo recuerda que el tratamiento de estos datos requiere consentimiento expreso de la persona afectada o una necesidad real y justificada. El abogado Gabriel González, del despacho Zeres Abogados, lo resumió así: “La sentencia refuerza los límites al uso de las tecnologías biométricas en el ámbito laboral”.

Los 53.766 euros de la sentencia y cómo se desglosan las cantidades

La cantidad total supera los 50.000 euros, pero se divide en dos conceptos: una indemnización por despido y una compensación por daños morales. Para que se vea de un vistazo, este es el desglose reconocido:

ConceptoImporte
Indemnización por despido46.266 €
Compensación por daños morales7.500 €
Total53.766 €

El mensaje es claro: no se debate solo la forma de fichar, sino el impacto que puede tener un control biométrico en los derechos del empleado.

Qué alternativas citó el tribunal y qué puede hacer un trabajador

El tribunal destacó que había métodos menos invasivos. De hecho, señaló que “existían otros medios para el registro de la jornada y el cumplimiento del horario sin injerencia en los derechos fundamentales”.

En este caso, los empleados ya tenían una tarjeta de empresa para fichar. Por eso, además del reproche al control facial, el fallo aprecia un incumplimiento laboral grave del Estatuto de los Trabajadores. Y atentos a un detalle: si tu empresa quiere implantar un sistema biométrico, estas ideas pueden ayudarte a situarte:

  • Pregunta si existe una alternativa para registrar la jornada.
  • Comprueba si se pide consentimiento expreso o se justifica una necesidad real.
  • Habla con los representantes de los trabajadores si el sistema se impone sin opciones.

Y la duda final es inevitable: ¿merece la pena aceptar cualquier método de control por evitar problemas? Este caso sugiere que no siempre. Permance atento a otras interesantes sentencias laborales en nuestra sección de empleo.

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