El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado que una dependienta de panadería de 37 años tiene derecho a una pensión de incapacidad permanente absoluta por migraña severa.
En marzo de 2023, la trabajadora pidió al INSS una incapacidad permanente por migraña con fotofobia y condritis costal derecha postraumática. La Seguridad Social rechazó la solicitud y ella decidió acudir a los tribunales. El Juzgado de lo Social n.º 4 de Toledo estimó su demanda y declaró que su estado justificaba una incapacidad permanente absoluta. Esto le da derecho a cobrar una pensión del 100% de esa base reguladora.
Quién puede acceder a una pensión de incapacidad permanente absoluta por migraña severa
¿Qué requisitos se tienen en cuenta para conceder este tipo de pensión en caso de padecer esta dolencia? El caso evidencia que una migraña crónica y refractaria, con fuerte impacto diario, puede justificar una incapacidad permanente absoluta si se demuestra con informes médicos y seguimiento continuado.
Se probó que sufría migraña crónica refractaria, con cefaleas diarias desde 2015, fracaso de tratamientos, visitas frecuentes a urgencias, bajas repetidas y seguimiento por el Servicio de Neurología del Sescam. Entre los elementos que han sido decisivos para que se reconozca la pensión destacan:
- Migraña crónica refractaria sin respuesta a los tratamientos preventivos.
- Cefalea diaria con crisis de impacto muy severo.
- Reiteradas visitas a urgencias y sucesivos periodos de baja laboral.
- Afectación severa a su vida personal y control por Neurología del Sescam.
Los magistrados entendieron que este conjunto de dolencias deterioraba gravemente su calidad de vida y la dejaba sin capacidad para trabajar, ni como dependienta, ni en otras tareas que requirieran concentración y eficacia.
La resolución afirma que es “difícilmente imaginable” que, con ese dolor, pueda trabajar, ni siquiera en tareas sin esfuerzo físico. En resumen, el sufrimiento diario hace inviable mantener una actividad laboral estable.
Cómo se ha llegado a reconocer la pensión de incapacidad permanente absoluta
Tras la denegación administrativa, la dependienta presentó demanda y el Juzgado de lo Social n.º 4 de Toledo analizó los informes médicos, la evolución de la enfermedad y la reiteración de bajas laborales. La sentencia 2145/2025 concluyó que la migraña crónica refractaria, unida a otras comorbilidades, le provocaba una discapacidad severa y un deterioro notable de su calidad de vida, por lo que reconoció la incapacidad permanente absoluta.
La Seguridad Social no se conformó y presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Defendía que la situación clínica de la trabajadora no era crónica y que solo justificaba procesos de incapacidad temporal, no una pensión permanente.
El tribunal autonómico rechazó estos argumentos. Consideró acreditado que la trabajadora padecía una migraña crónica refractaria sin respuesta a los tratamientos preventivos, con episodios de cefalea diaria y un impacto muy severo. En consecuencia, desestimó el recurso y confirmó íntegramente la sentencia de instancia que le reconocía la incapacidad permanente absoluta.
Aunque aún puede recurrirse, la resolución lanza un mensaje claro: si la migraña es crónica, no responde a tratamientos y limita la vida diaria, los tribunales pueden reconocer una incapacidad permanente absoluta. Contar con buenos informes médicos y recurrir las decisiones de la Seguridad Social puede marcar la diferencia.
Conoce más sentencias del mundo laboral en la sección de empleo de nuestra plataforma web de la comunidad autónoma de Andalucía.