La justicia protege la intimidad de una empleada vigilada durante su baja por detectives contratados por la mutua.
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a la mutua ASEPEYO y a DETECTIB por captar imágenes de una empleada dentro de su vivienda y en su balcón durante una baja laboral. La sentencia fija una indemnización de 3.000 euros y marca un límite claro a este tipo de pesquisas. Este caso se suma a otras resoluciones recientes similares sobre vigilancia laboral, como el caso del despido anulado tras vigilar a una trabajadora de baja.
En el caso que nos ocupa, la resolución, la nº 753/2025, de 5 de enero de 2026, examina el caso de una trabajadora con omalgia, un dolor en el hombro derecho. Durante tres días de julio de 2019 fue seguida por un detective contratado por la mutua, que usó una cámara con zoom y tomó fotografías de su vida personal.
Te puede interesar
La investigación de la baja laboral acabó invadiendo un espacio privado
ASEPEYO encargó el seguimiento para comprobar si la mujer realizaba actividades incompatibles con su recuperación. Sin embargo, el informe fue más lejos de lo permitido y terminó incorporándose a un procedimiento judicial laboral para impedir que se le reconociera una Incapacidad Permanente Total.
¿Hasta dónde puede llegar una investigación así? Esa fue una de las claves del pleito. La afectada, identificada como María, demandó a la mutua y a la agencia al entender que se habían vulnerado su intimidad, su honor y su propia imagen, y reclamó 30.000 euros.
Antes de entrar en el fondo, conviene ordenar los datos principales del caso.
| Elemento | Dato |
|---|---|
| Tribunal | Audiencia Provincial de Gipuzkoa |
| Sentencia | nº 753/2025 |
| Demandados | ASEPEYO y DETECTIB |
| Indemnización final | 3.000 euros |
En primera instancia, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Tolosa desestimó la demanda el 2 de junio de 2025 e impuso las costas a la trabajadora. Después, la representación de María recurrió y la Audiencia le dio la razón en lo esencial.
La Audiencia de Gipuzkoa recuerda qué no pueden hacer mutuas y detectives privados
El tribunal admite que una mutua puede comprobar si un trabajador de baja desarrolla conductas incompatibles con su estado. ¿Puede ese control justificar cualquier método? La Audiencia entiende que no.
La resolución señala que la Ley de Seguridad Privada prohíbe investigar la vida íntima de las personas dentro de su domicilio u otros espacios privados. Además, considera que el balcón forma parte de esa esfera protegida. No es un detalle menor.
Por eso concluye que el detective actuó sin habilitación legal al captar esas imágenes y que ASEPEYO también respondió al difundir el informe en el proceso laboral.
La indemnización baja, pero la sentencia deja un aviso muy claro
La trabajadora pedía 30.000 euros. Su defensa vinculaba esa cantidad al perjuicio que podía suponer perder unas prestaciones por incapacidad permanente con bases reguladoras de 2.569,84 y 970 euros, ambas al 75%.
La Audiencia, sin embargo, entiende que ese cálculo era desproporcionado porque la actuación de los demandados no provocó una pérdida efectiva en la percepción de las pensiones. Estas son las consecuencias más relevantes del fallo:
- Hubo intromisión ilegítima en la intimidad y en la propia imagen;
- ASEPEYO y DETECTIB deberán pagar 3.000 euros de forma solidaria;
- También asumirán intereses legales y las costas de la primera instancia y de la apelación.
En consecuencia, la sentencia rebaja la cuantía, pero envía un mensaje rotundo: una cosa es vigilar una posible irregularidad y otra muy distinta entrar en la vida privada del trabajador. Conoce más sentencias laborales en nuestra sección de empleo.

