Despiden a un trabajador de Decathlon por regalar una tabla de surf a un cliente conocido: el TSJA confirma la sanción

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El TSJA considera “transgresión de la buena fe contractual” y “abuso de confianza” la entrega de la tabla defectuosa en Lepe (Huelva).

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), máximo órgano judicial en el ámbito de la comunidad andaluza, ha confirmado el despido disciplinario de un empleado de Decathlon en Lepe (Huelva) que permitió a un cliente, conocido suyo, llevarse una tabla de surf después de reembolsarle el importe. El tribunal califica este hecho de “una transgresión de la buena fe contractual” y “un abuso de confianza”.

Qué dice la sentencia del TSJA y por qué avala el despido disciplinario en Decathlon

La resolución, dictada el 10 de julio de 2025, ratifica la decisión empresarial y desestima el recurso del trabajador. El fallo subraya que el empleado, identificado como Ginés, actuó al margen de los procedimientos internos al dejar que el cliente se llevara la tabla ya reembolsada.

¿Qué ha pasado exactamente? El 4 de octubre de 2022, Ginés atendió la devolución de una Surfboard 900 6’ Soft, valorada en 199,99 euros. Según la sentencia, devolvió el dinero y permitió “a renglón seguido” que el cliente saliera del establecimiento con la tabla. Al día siguiente, comunicó a una responsable que lo hizo “como gesto y bajo su responsabilidad”. La empresa calificó la falta de “muy grave” y, el 14 de noviembre de 2022, le entregó la carta de despido.

El protocolo de devoluciones de Decathlon y su relación con la buena fe contractual

El TSJA destaca que Decathlon dispone de reglas claras para gestionar artículos defectuosos: revisar si son reparables, enviarlos a taller o destruirlos cuando no lo sean. Si solo tienen defectos estéticos, cabe su venta bajo “Decathlon Ocasión”.

La sentencia recuerda, incluso, un correo previo de un superior con instrucciones concretas: “Si el defectuoso es reparable, lo tratamos al momento (…). En el caso de que no se pueda reparar lo tiramos directamente a la basura, en el caso de que sí, se embala y se prepara para su salida en camión”. De ahí que el tribunal concluya que el trabajador “incumplió dicho procedimiento y actuó por su propia cuenta”.

Además del perjuicio económico, la sala advierte del riesgo para el propio cliente al sacar un producto declarado defectuoso, sin verificar si podía repararse o debía destruirse. Dicho y hecho: el tribunal entiende que la conducta quebró la confianza esencial en la relación laboral.

Las alegaciones del trabajador y la respuesta judicial que descarta represalias empresariales

El trabajador sostuvo que su salida obedecía a represalias por haber denunciado previamente el trato vejatorio de un superior durante la descarga de un camión. ¿Hubo conexión entre esa queja y el despido? El TSJA la niega. La sala afirma que la causa del cese fue “cierta, objetiva y suficiente”: la entrega de la tabla fuera de protocolo. Por tanto, no aprecia represalia. La sentencia queda firme salvo recurso de casación.

¿Qué enseña este caso a quienes trabajan de cara al público? Básicamente, que el protocolo no es papel mojado y que la buena fe se demuestra con hechos.

  • Respetar siempre los procedimientos de devolución, reparación o destrucción documentados por la empresa.
  • No entregar al cliente un artículo reembolsado salvo canal previsto.
  • Comunicar incidencias por escrito y escalar dudas antes de decidir por cuenta propia.
  • Valorar el riesgo para la seguridad del cliente cuando el producto figura como defectuoso.

En conclusión, el TSJA aprecia “transgresión de la buena fe contractual” y “abuso de confianza” al actuar fuera de norma. Por consiguiente, el despido disciplinario queda confirmado y sirve de aviso: ante la duda, mejor consultar que improvisar. Consulta otras noticias laborales en nuestra sección de empleo.

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