Trabajó después de jubilarse y la Seguridad Social le exige ahora el dinero: conoce los detalles para evitar que te pueda pasar a ti.
En plena polémica sobre la compatibilidad entre pensión y trabajo, un pensionista andaluz, Olegario, tendrá que devolver 5.932,40 euros a la Seguridad Social por continuar ejerciendo como autónomo sin solicitar la modalidad de jubilación activa ni acreditar ingresos por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI). El caso vuelve a poner el foco en los requisitos que marca la Ley General de la Seguridad Social y en las sanciones previstas cuando se incumplen.
Por qué la Seguridad Social reclama la devolución de la pensión cobrada de forma indebida
Todo empezó en agosto de 2020, cuando Olegario tramitó su pensión de jubilación como trabajador autónomo declarando el cese de actividad. Sin embargo, los registros del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) mostraron que siguió prestando servicios hasta diciembre de 2020. Al no informar ni solicitar la jubilación activa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) abrió una investigación y cuantificó el cobro indebido entre el 16 de agosto y el 12 de diciembre: 5.932,40 euros.
¿Se puede trabajar cobrando la pensión? Sí, pero dentro de los límites de la jubilación activa o cuando los ingresos no superan el SMI anual. Saltarse ese trámite deja sin efecto la compatibilidad y obliga a devolver lo percibido, como confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Pasos imprescindibles para solicitar la jubilación activa y evitar sanciones económicas similares
Antes de plantearte compatibilizar pensión y empleo, recuerda que la legislación exige una serie de gestiones. A continuación encontrarás, en una única lista, los requisitos que debes cumplir para no correr la misma suerte que Olegario:
- Tener reconocida la pensión de jubilación contributiva en su modalidad ordinaria.
- Haber alcanzado la edad legal exigida en cada ejercicio.
- Solicitar expresamente ante la Seguridad Social la jubilación activa antes de iniciar o reanudar la actividad.
- Mantenerse al corriente de pago en las cuotas (si proceden) y en obligaciones tributarias.
- No superar el SMI en ingresos anuales si se pretende compatibilizar al 100 % la pensión; de lo contrario, solo se cobrará el 50 %.
Cumplir estos pasos evita investigaciones posteriores y, sobre todo, la devolución de cuantías ya percibidas.
Consecuencias para los autónomos jubilados que no comunican su actividad laboral dentro de los plazos legales
El TSJA recuerda que el artículo 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social establece que la pensión es compatible con trabajos por cuenta propia solo si se declara y se demuestra que los ingresos no rebasan el SMI anual. En caso contrario:
Fecha | Actuación | Resultado |
---|---|---|
Agosto 2020 | Solicita pensión declarando cese | INSS la aprueba |
Ago–Dic 2020 | Continúa como autónomo | Cobro indebido |
Diciembre 2020 | INSS detecta la actividad | Reclamación de 5.932,40 € |
Como muestra la tabla, el mero hecho de no pedir la compatibilidad derivó en un procedimiento de reintegro y, tras varios recursos fallidos, la devolución íntegra de la prestación. Además, el pensionista queda obligado a regularizar su situación si desea volver a cobrar lícitamente.
Claves prácticas para no perder la pensión al emprender después de jubilarte
¿Te planteas emprender estando jubilado? Antes de lanzarte, verifica tu base de cotización, calcula los ingresos previsibles y acude a la Seguridad Social para cursar la solicitud. Si lo haces online, necesitas certificado digital o Cl@ve; de forma presencial, basta con pedir cita previa y presentar el formulario oficial junto a tu DNI. Cuanto antes regularices tu situación, antes podrás conciliar trabajo y pensión sin sobresaltos.
Por otro lado, conviene recordar que no comunicar la reanudación de la actividad puede acarrear, además del reintegro, sanciones adicionales y la suspensión temporal de la prestación. Por tanto, actúa con transparencia: declarar a tiempo es más sencillo y barato que defenderse después ante los tribunales. Conoce más noticias del mundo laboral entrando en la sección de empleo de nuestro periódico digital de Andalucía.