Para poner en contexto, en nuestro país, las personas mayores de 45 años tienen acceso a una ayuda familiar y subsidio una vez agotada la prestación contributiva por desempleo (paro). La cuantía en ambos casos era la misma, pero variaba en función del paro consumido hasta el momento, la edad, o la situación familiar. Aunque se informa que en los próximos meses se eliminará esta ayuda, no es una noticia catastrófica para el usuario, ya que lo que se implementará es un nuevo modelo retributivo.
Fecha en la que desaparecerá la ayuda familiar y el subsidio
Como se ha descrito al inicio de este artículo, estas prestaciones que otorga el Estado para mayores de 45 años, desaparecerán. Partiendo de la nueva reforma de subsidios por desempleo regulada en el Real Decreto-ley 2/2024, las ayudas aquí mencionadas, desaparecerán a partir del 1 de noviembre de este mismo año 2024.
La “eliminación” de estas asistencias, no es tal que así, sino que se unificaran y modificaran en una nueva ayuda que se denominará, subsidio por agotamiento de prestación. Este nuevo modelo de contribución mejora el acceso a la ayuda, incrementa las cuantías, y lo más importante, es compatible con un trabajo activo, lo que hace que mucha más parte de la población española pueda adherirse a ella.
La duración no genera grandes modificaciones, ya que dependerá de los días consumidos de dicha prestación y la edad de la persona que solicite la ayuda. Es obligatorio haber gastado como mínimo 360 días de esta para acceder a un subsidio de 6 meses.
Cuantía de la nueva prestación por agotamiento de prestación
Como veremos a continuación, las mejoras de estas ayudas para menores de 45 años son evidentes. Anteriormente, el montante que se cobraba estaba estipulado en un 80% del IPREM (Indicador público de Renta de Efectos Públicos). Con esta modificación, pasa a ser variable, generando durante los primeros 6 meses el 95 % del IPREM que esté vigente en el momento (en la actualidad ronda los 570 euros). En los 6 meses posteriores baja al 90%, finalizando el último periodo en un 80% de la respectiva cuantía.
En caso de superar los 45 años de edad y que no se tengan cargas familiares algunas, la rebaja en los días consumidos es de 120 días. Las personas con cargas familiares, independientemente de su edad, tendrán derecho a hasta 24 meses de subsidio siempre que hayan consumido al menos 120 días de prestaciones contributivas. Si el período de consumo supera los 180 días, el período de subvención puede ampliarse a 30 meses.
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