Una ayuda de 1.000 euros por el nacimiento o adopción de un hijo a partir del año 2007. Se trata de una prestación familiar no contributiva que se gestiona a través de la Seguridad Social. Un pago único que se reconoce a las familias que cumplan unas condiciones muy específicas. En concreto, hablamos de una prestación que va dirigida a unidades familiares muy concretas. Vamos a ver los requisitos que hay que cumplir para poder beneficiarse de esta ayuda.
La Seguridad Social gestiona un pago único de 1.000 euros que sirve para compensar los gastos por nacimiento o adopción
La Seguridad Social ofrece una prestación económica de 1.000 euros que se concede a tanto alzado a las familias que tengan un hijo o hija nacido a partir del 16 de noviembre del año 2007. Aunque para ello, aparte de los requisitos y los límites de renta que explicamos a continuación, es necesario que la unidad familiar esté incluida en cualquiera de estas 3 situaciones:
- Familia numerosa.
- Familia monoparental.
- Que alguno de los progenitores tenga un grado de discapacidad igual o mayor al 65%.
Requisitos para poder beneficiarse de esta ayuda
Para poder beneficiarse de este pago único de la Seguridad Social, además de encontrarse en alguno de los 3 supuestos anteriores, es necesario que las familias cumplan con los siguientes requisitos:
- Residir legalmente en España.
- No tener derecho a otras prestaciones de la misma naturaleza en cualquier otra Administración Pública.
Límites de renta para tener derecho al pago único
Además, no se pueden percibir ingresos anuales que superen los siguientes límites de rentas que se especifican a continuación:
Familias numerosas, monoparentales y madres o padres discapacitados:
Número de hijos a cargo | Límite mínimo (en euros) |
---|---|
1 | 14.011,00 |
2 | 16.112,65 |
3 | 18.214,30 |
4 | 20.315,95 |
5 | 22.417,60 |
6 | 24.519,25 |
7 | 26.620,90 |
8 | 28.722,55 |
9 | 30.824,20 |
10 | 32.925,85 |
Familias numerosas, monoparentales y madres o padres discapacitados a partir de tres hijos con título de familia numerosa:
Número de hijos a cargo | Límite mínimo (en euros) |
---|---|
3 | 21.086,00 |
4 | 24.502,00 |
5 | 27.918,00 |
6 | 31.334,00 |
7 | 34.750,00 |
8 | 38.166,00 |
9 | 41.582,00 |
10 | 44.998,00 |
Pasos para solicitar esta ayuda de la Seguridad Social
Si has comprobado que cumples con los requisitos que establece la normativa y tienes derecho a solicitar esta ayuda de 1.000 euros, debes tener en cuenta que, tal y como informa la web de la Seguridad Social: “el derecho al reconocimiento prescribe a los 5 años, contados desde el día siguiente al nacimiento o adopción del hijo”.
Teniendo en cuenta esta circunstancia, rellena el formulario de solicitud que puedes encontrar en el enlace anterior y hacer el trámite por cualquiera de estas 4 vías:
- Sede electrónica.
- Si no se dispone de sistema Cl@ve ni de certificado electrónico, a través del apartado “Solicitud de Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social”.
- Por correo ordinario.
- Acudiendo en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Para conocer más información sobre otras ayudas y prestaciones, te recomendamos que visites nuestro periódico digital especializado en noticias de la comunidad autónoma de Andalucía.