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Si donas órganos o tejidos, cobrarás el 100% del sueldo desde el primer día

La incapacidad temporal vinculada a la donación se cobra íntegra: el INSS paga el 100% de la base reguladora desde el primer día y la empresa solo realiza los trámites habituales.

Cuando toca pedir una baja médica, muchos trabajadores se preguntan lo mismo: ¿cuánto voy a cobrar realmente? En la mayoría de casos, la incapacidad temporal puede suponer una reducción de ingresos, sobre todo al inicio, y no siempre hay complementos que lo compensen. Por eso, el último cambio de la Seguridad Social llama tanto la atención.

Desde este año, quienes sean donantes de órganos o tejidos tienen derecho a una baja por incapacidad temporal con una prestación equivalente al 100% del sueldo. Y sí, se incluye tanto el tiempo de trámites previos como la recuperación tras la intervención.

Qué trabajadores pueden pedir esta baja al 100% por ser donantes

La medida afecta a un colectivo muy concreto: los trabajadores que donen órganos o tejidos. La finalidad es clara: que el proceso de donación y su recuperación no se traduzcan en pérdidas económicas.

Dicho de otra forma, si estás en esta situación, la idea es que puedas centrarte en recuperarte sin estar haciendo cuentas cada semana. Que bastante hay ya con lo importante.

Fechas clave de la norma y cuándo empezó a aplicarse

La medida se aprobó a finales de 2024 y se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2024, a través de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para mejorar la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante.

No obstante, la norma no entró en vigor hasta el pasado 3 de marzo de 2025. Ese plazo permitió adaptar procedimientos internos en la Seguridad Social, las empresas, las mutuas colaboradoras y las administraciones públicas.

Cómo se paga la prestación: el INSS asume el 100% desde el primer día

Desde su aplicación, la Seguridad Social, mediante el INSS, asume directamente el pago del 100% de la base reguladora desde el primer día de baja. Por su parte, la empresa solo tiene que gestionar las comunicaciones y trámites habituales. Antes de seguir, conviene aclarar qué periodos quedan cubiertos por esta protección. En términos prácticos, se contempla:

  • El tiempo necesario para los trámites previos a la donación.
  • El periodo de incapacidad temporal ligado a la intervención.
  • La recuperación posterior hasta poder reincorporarse.

En consecuencia, no se trata de un único día, sino de todo el proceso asociado a la donación.

Clave del cambioQué supone para el trabajador
Prestación equivalente al 100%No hay pérdida económica durante la baja
Pago directo por el INSSNo hay que adelantar dinero
Empresa con gestión habitualSe mantienen los trámites de comunicación

Así, el foco se pone en una cosa: garantizar el cobro íntegro durante la incapacidad temporal por donación.

Lo que cambia frente al permiso retribuido y por qué importa

Hasta ahora, estas situaciones se resolvían con un permiso retribuido del Estatuto de los Trabajadores. El problema es que, en la práctica, ese permiso no siempre garantizaba el salario completo: a menudo dependía del convenio o de complementos salariales del sector y de la empresa.

Con la nueva normativa, esa ambigüedad se reduce. La baja por incapacidad temporal vinculada a la donación queda cubierta al 100%, lo que aporta seguridad al trabajador y evita dudas del tipo: ¿me va a faltar dinero este mes?

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