Como ya habrás escuchado seguramente, la DGT (Dirección General de Tráfico), informó, no hace mucho, sobre la situación de conducir motos de 125 cc. En dicho caso, se habla de tener que hacer un pequeño curso para poder coger estas motocicletas, para así tener experiencia previa antes de montarte en una. El motivo es que con el carnet B, se podía coger este tipo de transporte a dos ruedas. Ahora, existe otra noticia sobre cambios respecto al número y tipos de vehículos que se pueden usar con este permiso de conducir. Vamos a ver cómo afecta esta nueva normativa del Parlamento Europeo en nuestro país al carnet B que tenemos actualmente.
Para el año 2050 van a desaparecer los coches diésel y gasolina dando paso a los eléctricos
Hasta el momento, con el carnet B se podían coger coches y furgonetas de hasta 3.500 kg de MMA (Masa Máxima Autorizada), autocaravanas ligeras, todoterrenos y ciclomotores. Ahora, con la nueva normativa, y con el mismo tipo de carnet, se van a poder usar vehículos de hasta 4.250 kilos. Esto se ha llevado a cabo por motivos tecnológicos en el mundo de la industria del automóvil, para que los ciudadanos puedan adquirir vehículos beneficiosos para el medio ambiente.
Esta medida aprobada por el Parlamento Europeo hace que España se adapte a dicho cambio. La norma actual implica que para el año 2035, los coches eléctricos tiene que ser los que pisen suelo, haciéndose dueños y señores de todo el planeta para 2050. Además, para este tiempo ya estarán totalmente prohibidos los vehículos que circulen con gasolina o diésel.
Conoce la razón de esta nueva normativa y qué vehículos puedes conducir con el carnet B
La razón principal de tener derecho a coger más tipos de vehículos es que los coches eléctricos tienes una MMA que pasa de los 3.500 Kg, por el peso de las baterías de dichos motores. Por tanto, con esta normativa dirigida a solo usar este tipo de coches, ha tenido efecto colateral por aumentar el peso, y por ende, coger furgonetas o autocaravanas de mayor tamaño. Ahora bien, en caso de superar dicho tonelaje, será necesario contar con 2 años de antigüedad previa con el carnet B. Respecto a los vehículos a los que ahora vas a tener acceso con el carnet B, una vez entre en vigor las nuevas normas de la DGT, serán los siguientes:
- Motocicletas de hasta 125 cc (curso previo).
- Ciclomotores, triciclos y cuatriciclos.
- Turismos y todoterrenos de hasta 4.250 kg de MMA.
- Furgonetas y vehículos con remolque que no lleguen al peso anterior.
- Autocaravanas, sin tener en cuenta el tipo de autopropulsión.
- Vehículos agrícolas y tractores que no superen los 4.250 kg.
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