La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirma que el despido fue improcedente y que la empleadora debe readmitirla o indemnizarla con más de 19.000 euros.
Una empleada del hogar que llevaba más de 16 años trabajando para una familia fue dada de baja en la Seguridad Social tras una acusación de robo. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha confirmado que el despido fue improcedente y que la empleadora deberá readmitirla o abonarle una indemnización de unos 19.000 euros, además de los días que la trabajadora no cobró tras el primer cese. Casos como este recuerdan que muchos trabajadores pueden reclamar indemnización cuando el despido no cumple los requisitos legales.
El origen del conflicto está en una llamada que recibió la empleadora: le comunicaron que su empleada había vendido una cubertería de mucho valor, propiedad de su madre, y que la operación se habría hecho por un precio muy bajo.
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El caso de la empleada del hogar y la familia tras la venta de la cubertería
A raíz de esa información, la empleadora llamó a la trabajadora y, según explica, esta le reconoció lo ocurrido. Con esa supuesta confesión, la familia dio de baja a la empleada en la Seguridad Social y le pidió por carta que firmara una baja voluntaria, sin seguir el procedimiento legal.
Pocos días después, la empleada presentó una demanda por despido improcedente. Cuando la empleadora tuvo constancia de que había un juicio en marcha, envió un burofax a su empleada comunicándole un despido disciplinario.
El burofax de despido disciplinario y la baja en Seguridad Social sin garantías
En ese burofax, la empleadora alegó el robo de la cubertería para justificar el despido. Sin embargo, durante el tiempo transcurrido desde el primer cese, no se pagaron los salarios y tampoco se mantuvo a la trabajadora dada de alta en la Seguridad Social.
Este contexto fue determinante en el procedimiento, ya que el segundo despido no servía para corregir lo ocurrido con el primero.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirma el despido improcedente
Según recoge la sentencia, el primer despido fue improcedente y el burofax posterior no sirve para subsanar ese defecto. Por ello, la empleadora debe optar entre la readmisión o el pago de una indemnización de unos 19.000 euros, a lo que se añaden los días no abonados tras el primer cese.
Además, la Justicia considera que no hay pruebas suficientes para sostener el supuesto robo. La resolución señala que la trabajadora no lo admitió ante la ley y que no existían registros de la llamada entre ambas ni documentos incriminatorios.
Impacto de la sentencia del TSJ de Catalunya en despidos de empleadas del hogar
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya desestima el recurso de la empleadora y confirma que el despido de la empleada del hogar fue improcedente, insistiendo en que el primer cese se produjo sin cumplir las exigencias legales y que el segundo no puede arreglarlo.
En paralelo, el fallo también refuerza la relevancia de las pruebas cuando se imputan hechos graves, al concluir que, en este caso, no existían elementos suficientes para dar por acreditado el robo de la cubertería.
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