Los trabajadores que se benefician de una prestación por debido a una IT o incapacidad temporal no paran de incrementarse año tras año. En ese aspecto, en lo que llevamos de año, se ha registrado un incremento del 13% del número de bajas laborales si lo comparamos con el ejercicio 2023. No obstante, más allá de esos datos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) confirma cuánto tiempo tiene que pasar para que una baja temporal se convierta en una incapacidad permanente.
¿A partir de cuándo se empieza a cobrar una incapacidad temporal y cuándo finaliza?
Cuando un trabajador se encuentra imposibilitado para cumplir con las funciones inherentes a su puesto de trabajo, debido a una enfermedad o lesión, puede beneficiarse de una prestación por incapacidad temporal. En ese aspecto, por regla general, el empleado comienza a adquirir el derecho desde el cuarto día en el que comienza a cursar la baja, eso sí, siempre que sea debido a una enfermedad común o accidente no laboral.
Por otra parte, hay casos especiales que atañen exclusivamente a las mujeres trabajadoras. Nos referimos a la circunstancia de tener acceso a la IT, desde el primer día, en caso de que sufra una situación de “menstruación incapacitante secundaria”. También, pueden optar a la ayuda desde el día siguiente en el que comience la baja, en caso de interrupción del embarazo o en cuando se le diagnostique alguna dolencia relacionada con la gestación.
Causas de finalización de la incapacidad temporal permanente
En cualquiera de los casos que hemos expuesto, una incapacidad temporal, solo puede durar 365 días, aunque puede ser prorrogada durante 180 días más, si la inspección médica considera que la curación de su enfermedad o lesión, va a ser durante ese periodo de prórroga. También, la incapacidad temporal puede finalizar por esta serie de causas:
- Porque ha transcurrido el tiempo que estipula la normativa y que hemos citado anteriormente.
- Por recibir el alta médica.
- Cumplir la edad de jubilación y pasar a ser pensionista.
- Si no se presentan a los reconocimientos periódicos.
- Si se llega a la semana trigésima novena de gestación, lo será hasta la fecha del parto.
¿Cómo se pasa de una incapacidad temporal a una incapacidad permanente?
Tal y como confirma la web de la Seguridad Social la incapacidad permanente “es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funciones graves, previsiblemente definitivas, que disminuye o anulen su capacidad laboral”.
Procedimiento para gestionar la solicitud de una incapacidad permanente
El procedimiento para tramitar una incapacidad permanente puede iniciarse de tres formas diferentes:
- De oficio, es decir, a iniciativa de la entidad gestora, de la Inspección de Trabajo o por petición del Servicio Público de Salud.
- A solicitud de las entidades colaboradoras.
- A petición del interesado.
En este último caso, el trabajador que quiera iniciar la gestión de una prestación por incapacidad permanente, debe rellenar el formulario correspondiente y presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Aunque también puede ser atendido de forma presencial en un centro de Atención e Información de la Seguridad Social, pidiendo cita previa en los teléfonos: 901 10 65 70 / 91 541 25 30.
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