Convocadas las nuevas subvenciones FPE para personas desempleadas con discapacidad en Andalucía

La convocatoria financia acciones formativas presenciales para mejorar la empleabilidad de personas con discapacidad desempleadas, con solicitudes abiertas desde enero de 2026 y un presupuesto superior al millón de euros.

La Dirección General de Formación Profesional para el Empleo convoca en 2025 subvenciones en concurrencia competitiva para financiar formación dirigida a personas con discapacidad desempleadas, con un presupuesto total de 1.140.829,06 euros.

Con fecha 2 de diciembre de 2025 se ha publicado el extracto de la Resolución de 27 de noviembre de 2025, que regula estas subvenciones regladas de Formación Profesional para el Empleo dirigidas a personas trabajadoras desempleadas con discapacidad.

Objeto de las subvenciones FPE 2025 para personas desempleadas con discapacidad

El objetivo de la convocatoria es financiar la oferta de Formación Profesional para el Empleo destinada a mejorar las opciones de inserción laboral de las personas con discapacidad.

¿Y qué tipo de formación se apoya? Se distinguen dos líneas de subvención. La Línea 1 incluye especialidades no vinculadas a certificados profesionales que figuran en el Catálogo de Especialidades Formativas.

La Línea 2 agrupa ofertas de Grados C comprendidas en el Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional. El detalle de las especialidades formativas subvencionables se recoge en el Anexo IV de la convocatoria.

Todas las acciones se impartirán en modalidad presencial y estarán dirigidas a personas con discapacidad desempleadas que cumplan los requisitos específicos que se determinen para cada línea.

Financiación, líneas subvencionables y distribución del presupuesto entre 2026 y 2027

La convocatoria fija un crédito máximo de 1.140.829,06 euros, que se reparte entre 2026 y 2027 y se distribuye en dos líneas subvencionables con códigos de financiación propios y una misma partida presupuestaria.

Esta es la distribución económica por línea y anualidad:

LíneaCódigo de financiaciónPartida presupuestariaCrédito 2026 (€)Crédito 2027 (€)
Línea 1S00441400180000/G/32D/48001/0033.632,5514.413,95
Línea 2S07061400180000/G/32D/48001/00764.947,79327.834,77
Total798.580,34342.248,72

La suma de ambas anualidades alcanza los 1.140.829,06 euros para financiar acciones formativas presenciales para personas con discapacidad desempleadas.

Entidades sin ánimo de lucro que pueden solicitar estas subvenciones FPE 2025

Podrán solicitar estas subvenciones las entidades que estén legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro y cumplan los requisitos previstos en el apartado 4.a).2 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.

No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 4.c del mismo Cuadro Resumen.

¿La entidad cuenta con varios centros de formación inscritos y autorizados? En una misma solicitud se podrán incluir las acciones para cada centro, señalando el orden de prioridad.

Plazos de solicitud, modelos oficiales y presentación electrónica mediante PROFEUS+A

Cada entidad presentará una única solicitud por cada línea de subvención, detallando la actividad formativa y el orden de prioridad de las acciones para cada centro inscrito y/o autorizado. Las solicitudes se formalizarán mediante los modelos normalizados Anexo I y Anexo I bis, que generará la aplicación PROFEUS+A, y se dirigirán a la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 20 de enero de 2026 y finalizará el 3 de febrero de 2026. En esta fase no será necesario aportar documentación adicional, algo que siempre se agradece.

De forma resumida, el procedimiento básico para participar en la convocatoria es el siguiente:

  • Comprobar que la entidad cumple los requisitos.
  • Definir las acciones formativas y su prioridad.
  • Cumplimentar los modelos normalizados en PROFEUS+A.
  • Registrar electrónicamente la solicitud dentro del plazo establecido.

La presentación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la aplicación de gestión de la formación profesional para el empleo PROFEUS+A, disponible en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, trámite de audiencia, propuesta de resolución provisional y resolución final se publicarán en esa página web, sustituyendo a la notificación personal y produciendo los mismos efectos.

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