¿Quieres conseguir un inmueble muy por debajo de su precio de mercado? Si es así, te explicamos, paso a paso, cómo puedes sacarle el máximo provecho al portal de subastas del BOE. Una plataforma web que gestiona directamente la AEAT, para dar salida a viviendas, locales y otras propiedades o bienes, bajo el procedimiento de subasta pública. Tan solo tienes que acceder de forma telemática al portal web del Boletín Oficial del Estado y pujar, siguiendo el procedimiento que explicamos en este artículo.
Cómo participar en una subasta de bienes a través del portal de subastas del BOE
De forma regular, Hacienda subasta todo tipo de bienes inmuebles, incluso vehículos, a través del portal de subastas electrónicas de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. Una plataforma online que aglutina todas las subastas de España, tanto las judiciales como las administrativas, con el fin de simplificar los procedimientos administrativos.
¿Qué hay que hacer para pujar?
El procedimiento para participar en las pujas es muy sencillo:
- Entrar en la plataforma web del BOE.
- Iniciar sesión.
- Si aún no estás registrado como usuario, entra en la “Página de registro”, para ello deberás identificarte con certificado electrónico o con sistema Cl@ve.
- Una vez identificado correctamente, tan solo hay que pulsar sobre la subasta en la que se quiere pujar.
- Facilitar una cuenta bancaria y pagar un depósito del 5% (bienes inmuebles) o del 10% (bienes muebles).
- Una vez hecho el ingreso del dinero, se podrá efectuar la puja: un importe que será devuelto si su propuesta no es aceptada.
- Hay de plazo 15 días para pagar el resto del importe, en caso contrario el postor perderá el depósito que haya aportado.
Estos son los requisitos para poder participar en las pujas de bienes de la Agencia Tributaria
En principio, la Agencia Tributaria informa que puede participar en las Subastas de bienes del BOE cualquier persona física. Pero, eso sí, es muy importante que “posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente”. Además, hay que ser mayor de edad y no estar incapacitado legalmente, mediante sentencia judicial que lo impida. Tampoco pueden acceder a las subastas el personal que, de algún modo, está inscrito al órgano de recaudación, como por ejemplo, tasadores o funcionarios públicos que estén directamente implicados en el procedimiento de subasta.
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