Las familias de escasos recursos económicos residentes en la comunidad andaluza, pueden beneficiarse de una ayuda directa mensual de más de 1.300 euros. Aunque para ello, hay que cumplir con unos requisitos específicos, que veremos en este artículo. Esta prestación económica se denomina Renta Mínima de Inserción Social o RMISA, y la gestiona la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Condiciones para ser beneficiario de la Renta Mínima de Inserción en Andalucía: tabla de cuantías
Para ser beneficiario de la Renta Mínima de Inserción Social, es necesario que la unidad familiar esté empadronada en un municipio de la comunidad andaluza durante al menos un año. Además, es imprescindible que acrediten estar en situación de pobreza o exclusión social, o en riesgo de estarlo. Estos son los requisitos que hay que reunir para ser beneficiario de esta prestación, que también pueden solicitar, las personas que vivan solas:
- Tener una edad comprendida entre 25 y 64 años.
- Tener una resolución expresa de denegación del Ingreso Mínimo Vital.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el SAE.
- Todas las personas mayores de 16 años que integren la unidad familiar, deben firmar un “Compromiso de participación y cumplimiento del Plan de inclusión sociolaboral”.
- Disponer de recursos económicos inferiores a la cuantía que les correspondería por la RMISA, según el número de miembros que integren la unidad familiar, tal y como indica la siguiente tabla:
Núm. miembros | Cuantía mensual / anual (en euros) |
---|---|
1 | 604,22 / 7.250,34 |
2 | 785,48 / 9.425,76 |
3 | 966,75 / 11.601,00 |
4 | 1.148,01 / 13.776,12 |
5 o más | 1.329,28 / 15.951,36 |
Además, se pueden obtener estos 3 complementos mensuales que incrementarían la prestación:
- Custodia compartida: 90,63 euros.
- En caso de familia monoparental o monomarental: 132,93 euros.
- Discapacidad 33% sin prestación: 132,93 euros.
Circunstancias especiales para que las personas menores de 25 años puedan solicitar la RMISA
Existen una serie de circunstancias específicas que dan derecho a cobrar la Renta Mínima de Inserción en Andalucía, a personas menores de 25 años:
- Pueden solicitarlo personas con edades entre los 18 y los 24, si acreditan cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Ser huérfano o huérfana de ambos progenitores.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Tener menores o personas con discapacidad a cargo, incluyendo situaciones de tutela o acogimiento familiar.
- Haber sido víctima de violencia de género acreditada.
- Haber estado al menos en el año anterior al de cumplimiento de la mayoría de edad, bajo la tutela de un sistema de protección de menores.
- Constituir una unidad familiar pluripersonal sin menores a cargo. En este supuesto, la persona solicitante deberá haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud en un domicilio distinto al de sus progenitores.
- Encontrarse en una de las situaciones establecidas como urgencia o emergencia social previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4, del Decreto-Ley 3/2017.
- Las personas de 16 o 17 años también pueden cobrar la RMISA, si justifican estar en alguno de estos casos:
- Tener menores o personas con discapacidad a cargo.
- Haber sido víctima de violencia de género acreditada.
- Encontrarse en una de las situaciones establecidas en el mencionado Decreto-Ley, como urgencia o emergencia social.
Para finalizar, si quieres solicitar esta ayuda, entra en la web de la Junta de Andalucía, y accede al apartado “¿Cómo se solicita?”. Ahí podrás ver cómo puedes hacer el trámite de forma presencial o por internet. También, puedes informarte acudiendo a uno de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios de referencia.
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