Acreditar la búsqueda activa de empleo (BAE) es un requisito imprescindible si quieres cobrar la prestación contributiva o uno de los subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal. La BAE se firma en las oficinas de empleo autonómicas, es decir, el SAE en el caso de Andalucía. Y sin dicha acreditación, no puedes solicitar ni beneficiarte de ninguna de las ayudas que ofrece el SEPE. Existen 3 opciones para hacerlo. Te lo contamos.
Los desempleados disponen de 3 opciones que sirven para acreditar la BAE en el SAE
Todas las personas que están buscando trabajo en Andalucía y pretendan cobrar una prestación o subsidio del SEPE, deben firmar antes un acuerdo de actividad en el SAE. Dicho compromiso, se materializa en la consecución de diversas acciones, consideradas como búsqueda activa de empleo.
Por consiguiente, la BAE no es otra cosa que el compromiso de la persona que busca una ocupación laboral, de llevar a cabo acciones proactivas para aumentar su empleabilidad. En ese sentido, el Servicio Andaluz de Empleo, distingue 3 opciones que sirven para acreditarla.
Primera opción para acreditar la BAE
Existe una primera opción para acreditar la BAE, y esta consiste en haber trabajado por cuenta ajena o propia, en cualquier de los Regímenes de la Seguridad Social, en los 30 días naturales anteriores a la fecha en la que tengas que acreditar la búsqueda activa de empleo. Para justificarla, debes presentar el Anexo I.
Segunda opción para justificar la búsqueda activa de empleo
Otra manera de justificar que estás llevando a cabo una búsqueda activa de empleo es acreditar que estás participando en un IPI, o también llamado: Itinerario Personalizado de Inserción. Se trata de un programa de acompañamiento del SAE, es decir, tutelado, a la hora de encontrar un empleo. En este caso, también tendrías que rellenar en Anexo I.
Tercera opción que sirve para acreditar la BAE
En este caso, es válido haber desarrollado durante los 30 días naturales anteriores, al menos 3 de las acciones que se describen en el siguiente listado, además, una de ellas debe ser distinta a las otras 2:
- Enviar el currículum a tres empresas distintas.
- Realizar de una entrevista de trabajo.
- Presentar de candidaturas en una Empresa de Trabajo Temporal autorizada.
- Inscripción en 2 portales de empleo, tanto públicos como privados.
- Participar en una acción de fomento del emprendimiento gestionada por los servicios públicos de empleo y otras entidades y organismos públicos.
- Participar en una acción formativa, gestionada y/o financiada por entidades y organismos públicos.
- Presentarse a una oferta de empleo gestionada por un servicio público de empleo o agencia de colocación.
- Participar en un programa mixto de formación y empleo, tales como: Escuela Taller, Taller de Empleo, Casas de Oficio y otros programas similares.
- Participar en programas de competencias clave.
- Inscribirse en una Agencia de Colocación.
- Participar en un programa de prácticas no laborales gestionado o financiado por los servicios públicos de empleo.
- Participar en una acción específica de orientación, así como en una sesión o taller informativo gestionado por los servicios públicos de empleo y otras entidades u organismos públicos.
- Participar en cualquiera de las acciones ofertadas por los servicios públicos de empleo en el marco de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
En este último caso, hay que rellenar y entregar el Anexo II, adjuntando toda la documentación justificativa, según especifica el Anexo III. Asimismo, es un trámite que no se puede hacer de forma telemática, es decir, que deberás presentarte en tu oficina de empleo más próxima. Para ello, debes pedir antes cita previa en el SAE.
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