Cambios en la Renta de 2026 que pueden pillarte desprevenido si no revisas el nuevo calendario oficial de Hacienda

La campaña del IRPF correspondiente a 2025 se adelantará en primavera, tendrá menos días de plazo y estrenará cambios que afectarán especialmente a parados, autónomos y a quienes cobran mediante pagos electrónicos.

La campaña de la Renta 2025-2026, correspondiente al IRPF del ejercicio 2025, se desarrollará del 8 de abril al 30 de junio. El calendario de la Agencia Tributaria recoge seis días menos de plazo que el año pasado y cambios que afectan especialmente a personas desempleadas y a profesionales.

Calendario completo de la campaña de la Renta 2025-2026 y principales fechas que no hay que dejar pasar

La campaña se organiza según la forma de presentar la declaración. Conviene marcar estas fechas para no llegar al final:

  • 8 de abril: inicio de la campaña por internet (Renta Web y app) con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
  • 6 de mayo: comienza la atención telefónica para hacer la declaración.
  • 1 de junio: se abre la presentación presencial en oficinas.
  • 25 de junio: último día para domiciliar declaraciones con resultado a ingresar.
  • 30 de junio: fin de campaña y último día para presentar la Renta.

En total, algo menos de tres meses para cumplir con Hacienda, seis días menos que el año pasado.

Quién estará obligado a presentar la declaración de la Renta en 2026

La obligación de presentar la Renta de 2025 dependerá, sobre todo, de los ingresos del contribuyente. Deberán declarar quienes obtengan rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales procedentes de un único pagador.

Con dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros anuales. Además, deberán declarar todas las personas que hayan estado dadas de alta como autónomos en 2025, con independencia de sus ingresos.

El Gobierno ha establecido una deducción personalizada para no elevar el mínimo exento y evitar que quienes cobran el salario mínimo interprofesional, 16.576 euros brutos en 2025, tengan que tributar por IRPF en esta declaración.

Novedades de la campaña de la Renta 2025 para desempleados y pagos con tarjeta

La declaración del ejercicio 2025 será la primera en la que las personas en desempleo estarán obligadas a presentar la Renta. Esta exigencia, prevista para la campaña de 2024, se aplazó y entra en vigor ahora. ¿Cobras prestación por desempleo? Conviene revisar tu situación.

A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria recibirá cada mes la información que le remitan las entidades de pago o de dinero electrónico, incluidas las extranjeras que operan en España, sobre pagos a empresarios y profesionales residentes que cobren mediante tarjetas o sistemas vinculados al móvil, como Bizum. Para verlo de un vistazo, se puede resumir en este cuadro:

AspectoSituación anteriorQué cambia a partir de 2026
Pagos a empresarios y profesionales con tarjetas o sistemas tipo BizumUmbral anual neto de 3.000 euros en cobros que obligaba a informarSe suprime ese umbral y la información se enviará mensualmente
Información de las cuentasObligación de informar sobre las cuentas con un umbral anualSe mantiene el umbral anual, que se comunicará en la última declaración mensual de cada año

En resumen, Hacienda tendrá más datos y con mayor frecuencia sobre los cobros por medios electrónicos, lo que se traducirá en un control más estrecho.

Sanciones por no presentar la declaración de la Renta o hacerlo fuera de plazo

Quedan más de tres meses para que arranque la campaña, pero conviene saber qué ocurre si no se cumple. La Agencia Tributaria dispone de cuatro años para revisar el IRPF y, si hasta 2030 detecta irregularidades, puede enviar un requerimiento e iniciar un procedimiento sancionador.

¿Qué ocurre si la declaración se presenta tarde o con errores? La mejor alternativa es hacerlo por iniciativa propia, aunque sea fuera de plazo, en lugar de esperar a que la Agencia Tributaria detecte el incumplimiento. Dicho en plata, es mejor adelantarse a que Hacienda llame a la puerta.

El recargo o la sanción dependerán del resultado de la declaración. Si el perjudicado es Hacienda, la sanción será mayor, por lo que conviene revisar los datos y no apurar el calendario. Permanece informado de más noticias sobre gestiones administrativas y fiscales en la sección de trámites de nuestro periódico digital.

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