La medida busca dar seguridad jurídica a personas extranjeras ya residentes en España, facilitar su integración y permitirles trabajar desde el primer día.
El Consejo de Ministros ha aprobado el inicio de la tramitación de una regularización extraordinaria para personas extranjeras que ya se encuentran en España. La iniciativa busca garantizar derechos y aportar seguridad jurídica, y se encuadra en el Plan de Integración y Convivencia Intercultural. ¿Te afecta a ti o a alguien cercano? Si es tu caso, conviene fijarse en los plazos y, sobre todo, en cómo demostrar la residencia en España, con documentos válidos y actualizados para acreditar la estancia.
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A quién se dirige la regularización extraordinaria y qué situaciones pretende resolver
La medida se orienta a personas que llevan tiempo en España y han quedado fuera de los cauces ordinarios, incluidas aquellas con solicitudes de protección internacional pendientes o denegadas que no han podido acogerse a distintas figuras de arraigo.
El Ejecutivo sostiene que se aplicará con carácter general, sin distinción de nacionalidad, si se cumplen las condiciones. La ministra Elma Saiz afirma que se busca ordenar una realidad ya existente y que aportará seguridad jurídica y ayudará a reducir la economía sumergida.
Requisitos, fecha límite y documentos válidos para acreditar la estancia previa
El proceso de regularización se dirigirá únicamente a las personas que estuvieran en España antes del 31 de diciembre de 2025 y durante un mínimo de cinco meses. Esa permanencia podrá acreditarse con cualquier documento público, privado o una combinación de ambos. Para tenerlo claro, estos son los puntos esenciales del procedimiento regulatorio:
- Estar en España antes del 31 de diciembre de 2025 y al menos cinco meses.
- Aportar documentación pública, privada o mixta que lo acredite.
- No tener antecedentes penales ni suponer una amenaza para el orden público.
- En protección internacional, haber presentado la solicitud antes de esa fecha y poder demostrarlo.
En pocas palabras, es esencial cumplir los requisitos establecidos y poder acreditarlos, para obtener la regularización.
Plazos máximos del trámite, autorización de residencia y acceso al trabajo inmediato
Quien cumpla los requisitos podrá obtener una autorización de residencia de un año y, después, pasar a las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería. ¿Cuánto tardará el expediente? El Gobierno ha anunciado topes temporales y defiende que el mecanismo busca romper barreras burocráticas del pasado.
| Paso del procedimiento | Plazo máximo |
|---|---|
| Admisión a trámite de la solicitud | 15 días |
| Tramitación completa del expediente | 3 meses |
| Vigencia inicial de la autorización de residencia | 1 año |
| Permiso de menores regularizados de forma simultánea | 5 años |
Saiz ha recalcado que “La propia autorización de residencia permitirá trabajar, desde el primer día, en cualquier sector y en cualquier parte de España”. Además, con la mera admisión a trámite, prevista en un máximo de 15 días, se podrá empezar a trabajar.
La unidad familiar, los menores y el contexto histórico que cita el Gobierno
La unidad familiar es otro pilar. ¿Y qué ocurre con los menores? La regularización podrá incluir a hijos e hijas menores que estén en España, con permisos de cinco años. “Sabemos que la integración no es individual, es familiar”, tal y como ha señalado la ministra, Elma Saiz.
El Gobierno sitúa la iniciativa en una tradición de regularizaciones cuando la realidad social ha ido por delante de la burocracia, citando precedentes entre 1986 y 2005. También vincula el impulso a una iniciativa ciudadana respaldada por más de 700.000 firmas y una amplia mayoría del Congreso.
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