La Junta de Andalucía vuelve a abrir el plazo para pedir esta ayuda al alquiler para jóvenes tras ampliar los fondos con 34,2 millones de euros.
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda reabre la convocatoria este martes a partir de las 16:00 horas. El objetivo es dar salida a nuevas peticiones después de haber tramitado 24.463 solicitudes en las dos convocatorias anteriores, de las que 17.418 fueron favorables. ¿Te interesa? Recuerda que la solicitud se presenta online y se atiende por extricto orden de llegada.
La Junta amplía fondos y fija un cierre provisional al llegar a 15.000 solicitudes
El plazo no quedará abierto indefinidamente. La Administración andaluza lo cerrará de forma provisional cuando se alcancen 15.000 solicitudes, una medida ligada al presupuesto disponible. Este sistema se enmarca en unas bases reguladoras diseñadas hace años para poder abrir y cerrar el proceso según el número de peticiones. No es un concurso con puntos: aquí cuenta el momento en el que entra tu solicitud. Por eso, si estás pensando en pedirla, mejor no despistarse.
Para facilitar el trámite, la Consejería ha publicado en su web un manual de ayuda y un documento de preguntas frecuentes. Si tienes dudas, merece la pena echarles un vistazo antes de empezar.
Requisitos de edad, ingresos según el Iprem y límites de renta del alquiler
El Bono Alquiler Joven de la Junta de Andalucía asciende a 250 euros mensuales y se dirige a jóvenes de 18 a 35 años que vivan de alquiler en la región andaluza. En cuanto a ingresos, se exige no superar tres veces el Iprem si solicita una sola persona, o cuatro veces el citado indicador cuando se trata de una unidad familiar.
Además, la vivienda o habitación alquilada debe ser la residencia habitual y permanente durante el periodo subvencionable, y esto se acredita con el empadronamiento municipal. ¿Lo tienes actualizado en tu ayuntamiento? Cuidado porque ese punto es muy importante para que te concedan la ayuda. Para orientarte, estos son los límites principales que fija la convocatoria:
| Clave | Límite o condición |
|---|---|
| Edad | 18 a 35 años |
| Cuantía | 250 euros al mes |
| Ingresos | < 3 veces el Iprem (persona sola) o < 4 veces el Iprem (unidad familiar) |
| Renta máxima | Entre 900 y 600 euros según municipio y tipo de contrato |
| Renta por habitación | Entre 380 y 300 euros (máximo) |
El límite de renta no tiene en cuenta otros gastos que puedan ir incluidos en el contrato, como trastero, garaje o comunidad.
Cómo pedir la ayuda en Veaja con certificado digital y AutoFirma sin errores
La solicitud se presenta exclusivamente de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja). Para entrar necesitarás certificado digital y tener instalado AutoFirma del Estado. Parece obvio, pero es el típico escollo de última hora: compruébalo antes para no quedarte a medias. En cuanto a la documentación, la Junta pide acreditar la situación de alquiler y la residencia. Antes de iniciar el trámite, conviene tener preparado, según tu caso, lo siguiente:
- Contrato de alquiler, contrato de cesión de uso o compromiso de contrato firmado por arrendador y arrendatario con las condiciones esenciales.
- Empadronamiento municipal que acredite la residencia habitual y permanente.
- Si hay unidad familiar, certificado de empadronamiento colectivo de los miembros.
- Si el arrendamiento es parcial y no consta la cuota de participación en el contrato, declaración responsable.
Una vez dentro de Veaja, revisa bien cada apartado y adjunta los documentos de forma correcta. Ten en cuenta que la Junta considera que esta tramitación es compleja por los criterios fijados desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, así que ir con calma y con el manual a mano, suele ser la mejor estrategia.
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