¿Picaresca, inconsciencia o actitud delictiva? Esta historia quizás reúna las 3. Una joven de 25 años, proveniente de Granada, acudió a un examen del carnet de conducir al volante de su propio vehículo. Una decisión más que cuestionable, la cual le ha traído problemas legales. Muchas personas, en su juventud, no ven las posibles consecuencias de sus actos al volante (algunos hemos pecado en alguna ocasión de perderle el respeto a un vehículo), pero claro, para eso están las autoridades, las que en este caso tomaron cartas en el asunto con inmediatez. A continuación detallamos esta historia, que a pesar de ser curiosa, también es preocupante.
¿Cómo actuó la Guardia Civil al ver a la joven conduciendo su propio coche?
Lo primero que hay que mencionar sobre esta historia es que, esta joven no iba a sacarse el carnet de conducir, sino que lo tenía retirado por pérdida de puntos (sea cual sea el motivo de la pérdida). Acudió para hacer un examen escrito y así poder recuperar su licencia, con tan “mala suerte”, que la Guardia Civil se encontraba en las inmediaciones. Como norma, la Guardia Civil presta apoyo a los funcionarios de la Jefatura Provincial de Tráfico durante los exámenes teóricos y prácticos a fin de detectar irregularidades en este tipo de situaciones (algo de experiencia tienen ya).
La chica en cuestión entró al aula donde se realizaba este examen de recuperación de licencia de conducción, siendo vista con anterioridad por los agentes, llegando a la Jefatura Provincial de Tráfico al volante de su vehículo. Como era de esperar, los agentes la interpelaron y la pusieron a disposición judicial en el acto. Se le atribuye un delito de conducción de vehículo tras la pérdida de vigencia de la autorización por pérdida de puntos. La irregularidad cometida se considera grave, con consecuencias penales y económicas, sobre todo si es reincidente o tiene otros delitos a las espaldas.
¿A qué sanciones se expone por conducir sin los puntos del carnet?
La Guardia Civil, en el cumplimiento de su deber, puso a la joven a disposición judicial, la cual se enfrenta a las siguientes penas o sanciones:
- Pena de prisión: de 3 a 6 meses.
- Multa económica: de 12 a 24 meses.
- Trabajados en beneficio de la comunidad: de 31 a 90 días.
Como hemos mencionado anteriormente, no tendrán el mismo destino una persona que comete esa infracción por primera vez que alguien que es reincidente, o que acumula más delitos.
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