Ramón (nombre ficticio) un beneficiario del subsidio por desempleo para mayores de 52 años concedido por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), deberá devolverle a la Administración 9.130 euros al haber ocultado una herencia de 62.723 euros. El SEPE determinó que esta superaba el umbral de ingresos mínimos, algo en lo que coincidió el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su sentencia. Te explicamos paso por paso lo que sucedió.
El SEPE detectó irregularidades en sus rentas
Ramón solicitó el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, y le fue concedido hasta que encontrara empleo o alcanzara la edad ordinaria de jubilación, fijada en 2031, según señala la sentencia. Después de varios meses percibiéndolo, solicitó su renovación, aprobada por el SEPE. Esta, mantenía los 480 euros mensuales y la cotización a la Seguridad Social equivalente al 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Sin embargo, el SEPE detectó una irregularidad al revisar las rentas del beneficiario: en septiembre de 2020 Ramón había recibido junto a sus dos hermanos una herencia de su madre. De esta, le correspondieron 62.723 euros. Él no había informado al SEPE, a pesar de estar en la obligación de hacerlo. Ante esto, el organismo decidió retirarle el subsidio, reclamándole además 9.130,29 euros de cobros indebidos. Él decidió demandar al organismo ante el Juzgado de lo Social.
La justicia falla a favor del SEPE
El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid coincidió con el SEPE. En su sentencia, explicó que su conducta encajaba en una infracción grave según el artículo 25.3 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). En su resolución, el tribunal manifestó que Ramón ocultó deliberadamente su herencia para poder seguir cobrando el subsidio.
Además, sostuvo que el demandante le había reclamado al organismo el cobro de un mes manifestando una situación “agónica” por la ausencia de pago y expresando “no haber tenido cambios” en su situación laboral ni haber recibido ingresos extra. A pesar de esta decisión, Ramón presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
En su defensa, alegó que la herencia recibida no debía de computarse como ingresos, además de que su intención no era la de defraudar. No obstante, el tribunal rechazó estos argumentos y confirmó la resolución del SEPE. Por lo tanto, le obligó a devolver 9.130 euros y, al considerar la infracción como muy grave, tampoco podrá volver a cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
¿Cómo calcula las herencias el SEPE?
Los subsidios por desempleo tienen un límite de ingresos del 75 % del SMI. Esto supone 810 euros al mes. Si una persona recibe una herencia y esto eleva sus ingresos por encima de ese umbral, podrían suspenderse. El SEPE determina que una herencia genera ingresos cuando esta se adjudica y no cuando se acepta formalmente. Si la herencia es en dinero, se divide el total recibido entre 12 meses para calcular el ingreso mensual.
Como puedes ver, el hecho de no notificar al SEPE una generosa herencia, no solo depara en la suspensión de un subsidio por desempleo, sino en sanciones económicas. Para seguir leyendo noticias de sentencias, visítanos en nuestra sección de actualidad.