La ley de alquileres en España ha hecho varias reformas para asegurar y proteger al inquilino. Una de las modificaciones consiste en la ampliación de tres a cinco años si se trata de persona física y a siete si se trata de persona jurídica, del derecho del arrendatario a permanecer en la vivienda sin necesidad de renovar el contrato. Esta reforma se enmarca en el derecho a la estabilidad en el hogar en estos tiempos en los que los precios de los alquileres suben descaradamente y desprotegen al inquilino.
Derecho de permanencia en la vivienda alquilada
Este derecho permite a los inquilinos permanecer en la vivienda alquilada aunque haya vencido el contrato anterior, siempre y cuando esté al día con los pagos al propietario. Este precepto ha sido posible gracias a la normativa establecida por el Ministerio de Vivienda y Agencia Urbana, que pone el límite en los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019.
Los contratos firmados a partir de dicha fecha, se prorrogan automáticamente hasta completar los cinco o siete años que correspondan. No obstante, esta prórroga no se efectuará si el arrendatario comunica al propietario con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado su intención de no renovar. Si en esos primeros cinco o siete años ninguna de las partes hubiese notificado la voluntad de no renovar, el contrato se prorrogará por plazos anuales hasta un máximo de tres años más. Anteriormente, esta prórroga era solo de un año.
Los gastos de la inmobiliaria, ¿a quién corresponden?
Otra de las medidas que benefician al inquilino es que esta nueva ley establece que los gastos y honorarios generados por parte de la inmobiliaria correrán siempre a cargo del propietario. Estos gastos suelen corresponder a la intermediación inmobiliaria, la publicidad de la propiedad, la formalización de los contratos y la gestión de la comunidad de propietarios. Anteriormente, el inquilino era el que solía cargar con estos gastos. Esta ha sido una de las medidas que más tensión ha generado entre los arrendadores.
Otros cambios introducidos en la ley de vivienda
Otros cambios que ha regulado esta nueva ley de vivienda y beneficia de algún modo a los inquilinos son, por ejemplo, el límite máximo de incremento anual que los propietarios pueden poner al precio de alquiler es de un 3% para los contratos que procedan de la renta de 2024. A partir de 2025, se utilizará un nuevo índice de referencia diferente al IPC para esta actualización anual de los contratos.
Otra medida ha sido la protección contra el desahucio, mejorando las medidas de protección para los inquilinos cuando haya situaciones de vulnerabilidad. Además, se han creado las denominadas zonas tensionadas en las que la demanda es muy alta en las que se aplicarán medidas como la limitación del alquiler y una posibilidad de prórroga extra para el inquilino.
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