La Dirección General de Tráfico impone más controles a las campers y refuerza el papel de los ayuntamientos.
Tráfico actualiza la normativa de caravanas, autocaravanas y furgones vivienda con cambios en la inspección técnica, el uso de las vías urbanas y las áreas de acogida. La revisión afecta sobre todo a los vehículos camperizados y llega tras el fuerte tirón que este tipo de viajes ha vivido en España en los últimos años. Además, conviene recordar riesgos recientes como el fraude del coche comodín en la ITV que ha alertado a las autoridades.
De algo más de 48.000 vehículos matriculados en 2015 se ha pasado a casi 137.000, según la DGT. Ahora, Tráfico retoca la instrucción aprobada en 2023 para incorporar novedades normativas, adaptarla a los criterios del Ministerio de Industria y Turismo sobre la ITV y ordenar mejor una regulación que también depende de los ayuntamientos.
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Cómo cambian los plazos de la ITV para autocaravanas y campers en España
La principal novedad afecta a la frecuencia de la inspección técnica. La DGT distingue entre autocaravanas, incluidas en la categoría M, y furgones vivienda o campers, encuadrados en la categoría N. ¿Tienes uno de estos vehículos? Conviene revisar bien el calendario.
| Tipo de vehículo | Antigüedad | Frecuencia de ITV |
|---|---|---|
| Autocaravanas | Hasta 4 años | Exentas |
| Autocaravanas | De 4 a 10 años | Cada 2 años |
| Autocaravanas | Más de 10 años | Cada año |
| Campers | Hasta 10 años | Cada año |
| Campers | Más de 10 años | Cada 6 meses |
Las autocaravanas mantienen así un esquema similar al de los turismos. Las campers, sin embargo, pasan a un control más estricto a partir de los 10 años, ya que deberán acudir a la ITV dos veces al año.
Qué pueden regular ahora los ayuntamientos sobre estacionamiento y acampada urbana
La nueva instrucción también aclara el margen de actuación municipal. Con carácter general, las autocaravanas podrán parar y estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo, pero deberán respetar la normativa y la señalización que fije cada ayuntamiento. Además, justo en ese aspecto es donde la ordenanza local gana mucho peso. En la práctica, los municipios podrán aplicar medidas como estas:
- Limitar el tiempo de estacionamiento.
- Prohibir la acampada fuera de las zonas autorizadas.
- Extender esas restricciones a espacios adyacentes a la vía urbana dentro del término municipal.
Según el criterio del Tribunal Supremo asumido por la DGT, estas limitaciones buscan evitar problemas de fluidez y seguridad del tráfico, proteger el uso peatonal de las calles y repartir mejor las plazas de aparcamiento.
Las nuevas áreas de acogida y la señal que deberán conocer los usuarios
Además, la instrucción incorpora novedades autonómicas sobre las áreas de acogida de autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico. Entre las comunidades con nuevas incorporaciones normativas figuran Navarra, Extremadura y la Comunidad de Madrid.
Estas instalaciones deberán ofrecer los servicios necesarios y estar correctamente señalizadas para que los usuarios puedan identificarlas con facilidad. No es un detalle menor. El Catálogo de Señales verticales de circulación incluyó en su actualización de 2025 la señal S-128 Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas, que identifica los lugares destinados al vaciado de aguas residuales.
Así, la DGT adapta la norma a una realidad cada vez más habitual en las carreteras españolas: más controles para las campers, más margen para los ayuntamientos y más claridad para quienes viajan sobre ruedas.
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