El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la nulidad de un despido disciplinario a un trabajador y, además, la empresa tendrá que indemnizarle con 30.000 euros. El empleado, se encontraba de baja por ansiedad, pero fue descubierto actuando como DJ y como resultado, fue cesado. No obstante, él decidió demandar a la empresa saliendo victorioso. ¿Quieres saber cuáles son los motivos por los que la justicia decidió fallar a favor de este empleado? Te lo detallamos todo en esta noticia.
Descubierto mientras hacía de DJ estando de baja: despido disciplinario
El empleado, trabajaba en la compañía desde 2017 como ayudante de producción y llevaba en baja médica por ansiedad desde el 23 de julio de 2023. Sin embargo, la empresa lo descubrió desempeñándose como DJ y le abrió un expediente. Tras el expediente, emitido el 3 de octubre de 2023, se le aplicó un despido disciplinario el 10 de octubre de 2023. El trabajador no quedó conforme y decidió impugnarlo.
En una primera instancia, el Juzgado de lo Social n.º 2 de Vitoria-Gasteiz declaró el despido nulo en junio de 2024. La resolución, dictó que dicha decisión vulneraba los derechos fundamentales del trabajador. En concreto, se basó en el derecho a no ser discriminado por razones de enfermedad. Para ello, se ciñó al artículo 14 de la Constitución Española y la Ley 15/2022, de 12 de julio, para la igualdad de trato y no discriminación. Por lo tanto, condenó a la empresa a indemnizar con 30.000 euros al empleado.
La empresa recurre a la sentencia
La compañía no quedó contenta con esta resolución e interpuso un recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. En este, solicitaba que se declarase como un despido procedente. En su recurso, alegó que el empleado había quebrantado “la buena fe contractual” mediante las actividades realizadas durante su incapacidad temporal.
Aun así, el tribunal volvió a fallar a favor del empleado, coincidiendo con el juzgado, entiendo que era un acto discriminatorio prohibido por la Ley 15/2022. Cabe mencionar que en su defensa, el ahora exempleado, demostró que él estaba ejerciendo esas actividades como DJ por recomendación de su médico y que, además, no estaba lucrándose a través de estas.
Asimismo, adjuntó en su alegación un certificado de la sala donde actuó como DJ. Este mostraba que acudió “en días puntuales y excepcionales”. Además, evidenciaba que había “acordado que no hubiese relación laboral y que tales actividades se realizasen de manera altruista y sin beneficio económico para ninguna de las partes, con la única finalidad de la mejora de su salud”.
¿Cómo se solicita una baja por ansiedad?
De la misma forma que cualquier otra baja laboral, para solicitar una baja por ansiedad hay que recurrir a un médico. Una vez acreditada, el profesional de la salud deberá emitir el parte de baja a la Seguridad Social con la fecha en la que se inicia y su posterior seguimiento. La incapacidad temporal por ansiedad puede prolongarse hasta los 365 días. Transcurrido ese tiempo, puede extenderse otros 180 días si servirán para la curación total del trabajador.
Como puedes ver, en este caso, la justicia decidió fallar a favor del empleado, ya que consideró que la empresa lo discriminó por su trastorno de ansiedad. Para seguir leyendo estas noticias, puedes visitarnos en nuestra sección de actualidad.