Silvio es un operario que trabajaba para Ilunion en un polígono industrial de San Cibrao das Viñas, en Ourense. Sin embargo, en 2022, la empresa decidió despedirlo mientras estaba por baja laboral, alegando un descenso de “volumen de facturación”. El extrabajador decidió denunciar a la compañía. Como respuesta, el Juzgado de lo Social ourensano declaró el despido procedente y ordenó a la empresa a abonar la indemnización ante la falta de preaviso, pero no lo consideró una desvinculación nula o improcedente. No obstante, Silvio recurrió al Tribunal Superior de Justicia con más éxito. Te lo contamos todo.
La indemnización que tendrá que pagar la empresa en la sentencia del Supremo
Al recurrir al Supremo, la defensa de Silvio argumentó que su despido era nulo y además, se trataba de una acción discriminatoria basada en su estado de salud, hecho que está protegido por la Constitución Española. El Supremo de Galicia le dio la razón. Como argumento, evaluó que no se trataba de un hecho aislado, sino que se conocen otros casos de trabajadores que habían sido cesados por Ilunion mientras estaban en situación de baja por incapacidad temporal.
En concreto, la empresa cesó a siete de los trece empleados, y todos los despedidos estaban en la misma situación que Silvio. Esto ha servido al tribunal para considerarlo como un “indicio razonable” de discriminación. “La enfermedad no podrá amparar diferencias de trato”, muestra la resolución.
Readmisión inmediata e indemnización
La sentencia ha obligado la admisión inmediata del trabajador y una indemnización de 7.501 euros por daños y perjuicios causados. Asimismo, TSJ de Galicia remarca que, en casos de vulneración de derechos fundamentales, la indemnización cumple una función compensatoria, pero también preventiva.
¿Qué tipo de indemnizaciones hay por despidos?
La cuantía de la indemnización por despido está estipulada legalmente por el Estatuto de los Trabajadores. Esta depende del salario del trabajador y los años de prestación de servicios, estableciendo unos topes máximos.
Si el despido es improcedente, se establece una indemnización en 33 días de salario por año trabajado con prorrateo mensual para períodos inferiores a un año hasta un límite de 24 mensualidades. En el caso de despido objetivo, la indemnización se ciñe sobre 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades.
Reforma del despido en España: ¿Qué pasará en 2025?
Este 2025, el Ministerio de Trabajo tiene varios frentes abiertos. Además de la implantación de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, también ha anunciado su intención de abrir la negociación para reformar el despido. Según señala el programa de PSOE y Sumar, la promesa de los partidos es proteger mejor ante modificaciones de las condiciones de trabajo e interpelar la indemnización por despido improcedente.
En esta noticia has podido leer el caso de Silvio y cómo la Justicia falló a favor de él, teniendo que ser readmitido e indemnizado. Puedes seguir consultando estas noticias en este periódico digital en la sección de actualidad.